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Facturas rectificativas por sustitución

Boletín Nº52

SDELSOL por Software DELSOL

Según lo regulado en el artículo 15 del Reglamento de Facturación, se deberá expedir una factura rectificativa en los siguientes supuestos:

  • Omisión de algún dato o incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en relación a su contenido, artículos 6 y 7 del Reglamento de Facturación.
  • Incorrecta fijación de las cuotas repercutidas, artículo 89 de la Ley del IVA.
  • Concurrencia de circunstancias que dan lugar a la modificación de la base imponible del IVA (LIVA art. 80).

También se contempla la posibilidad de no expedir la factura rectificativa en los supuestos de devolución de mercancías o de envases y embalajes.

La emisión de una factura rectificativa se podrá realizar por sustitución o por diferencias. Con CONTASOL no tendrás problemas para registrar ambos tipos de facturas, liquidar el modelo 303 y enviarlas en su caso al SII.

Vamos a realizar un ejemplo sobre como registrar un Factura Emitida Rectificativa por Sustitución en CONTASOL:

En el registro de IVA repercutido, y en el campo Clave operación, selecciona la clave D “Factura rectificativa”.

A continuación, identifica el número de la factura a rectificar.

Por último, en el desplegable que se muestra a la derecha del campo Ident. Fac. rectificada, indica la causa de la rectificación, opciones 1 a 5.

  • Error fundado en derecho y art. 80 Uno Dos y Seis
  • Art. 80.3
  • Art. 80.4
  • Resto
  • Factura rectificativa por sustitución de una factura simplificada

Al modelo 303, en el apartado Modificación de bases y cuotas, casillas 14 y 15, se trasladará el importe correspondiente a la diferencia entre la factura inicial y la rectificativa.

En el caso de facturas recibidas dicho importe se trasladará al apartado Rectificación de deducciones, casillas 40 y 41.