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La nueva Ley de fomento del trabajo autónomo

Boletín Nº7

luis_garach.png por Luis R. Garach

El pasado 25 de agosto, la Comisión de Empleo del Senado, aprobó una nueva ley que introduce novedades muy interesantes en materia de empleo. Se trata de la Ley para el Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social, que además contribuye a la unificación de la legislación vigente en esta materia.

La nueva ley contempla medidas de gran interés para los nuevos autónomos que inicien su actividad así como para aquellos que ya la hubieran puesto en marcha. Pone especial énfasis en aquellas personas que cobrando una prestación, deciden emprender su aventura empresarial y abren su propio negocio.

Actualmente en nuestro país tenemos más de 3 millones de autónomos, y se espera que en los próximos cuatro años, esta cifra alcance los 3.600.000 afiliados a este régimen especial.

Se espera que esta nueva ley termine su trámite a finales de este mes y entre en vigor una vez publicada en el BOE. Todos los incentivos que contempla se recogerán en un único texto que se incluirá en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Entre las medidas más destacadas, podemos señalar:

Ampliación de la Tarifa Plana de 50 euros a autónomos que contratan

Una de las medidas anunciadas por el Ejecutivo es que los autónomos acogidos a la tarifa plana de 50 euros de cotización a la Seguridad Social podrán contratar personal sin temor a perder este incentivo. En la actualidad dicha tarifa plana solo estaba permitida para autónomos sin trabajadores a su cargo, perdiendo los incentivos del autoempleo desde el momento en el que contrataban personal, lo que, en cierto modo, impedía incentivar la contratación entre las pequeñas empresas, pese a las bonificaciones a la contratación que se han venido aprobando en los últimos meses.

Además, la tarifa plana se fija en 50 euros exactos para nuevos autónomos y se extiende también a víctimas del terrorismo, de violencia de género y personas con discapacidad, con independencia de la edad.

Compatibilidad entre cobrar el paro y hacerse autónomo

Los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar trabajar y cobrar el paro a la vez durante 9 meses. Todos los autónomos, sin diferencia de edad, podrán cobrar el paro por un periodo máximo de nueve meses a la vez que inician o desarrollan una actividad emprendedora. Hasta el momento la posibilidad de cobrar el paro y darse de alta como autónomo solo estaba contemplada para autónomos menores de 30, lo que dejaba fuera a un colectivo cuya mayoría empieza a iniciar su actividad emprendedora a partir de esta edad.

Ampliación del aplazamiento de la prestación por desempleo para ser autónomo

Los autónomos de todas las edades podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años (60 meses) después de haber iniciado una actividad por cuenta propia. De este modo, se refuerzan los mecanismos de segunda oportunidad utilizando como palanca la propia prestación por desempleo.

Se amplía por tanto de 2 a 5 años el periodo en el que el trabajador autónomo mayor de 30 años, que comienza una actividad estando percibiendo una prestación por desempleo, tiene de plazo para reanudar dicha prestación, o lo que le falta de la misma, en caso de cesar en esa actividad económica.

Actualmente, el trabajador autónomo tenía un plazo de 2 años, en caso de estar percibiendo la prestación por desempleo, para volver a reanudar dicha prestación o esta se “perdía”.

Ampliación de los posibles destinos de la capitalización del desempleo

También con independencia de la edad de los autónomos, Empleo propone:

  • Capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo en un único pago para financiar la inversión y gastos iniciales de un nuevo negocio.
  • Cobrar solo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social.
  • Destinar el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.

La novedad más importante que supone esta medida es la posibilidad de dedicar el 100% de lacapitalización del desempleo a la inversión inicial, independientemente de la edad, ya que hasta ahora esta opción sólo estaba permitida para los hombres menores de 30 años, las mujeres de hasta 35 y las personas con un grado de discapacidad de más del 33%. El resto podían capitalizar el 60% para inversión y el 40% restante para bonificaciones en la cotización de la Seguridad Social.

Es decir, todos los autónomos, sin diferencia de edad, podrán destinar a inversiones el 100% de la prestación por desempleo.

Además, como novedad adicional, se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles (incluidas cooperativas) de nueva creación y utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución. Dicha disposición se aplicará a todos los que así lo reclamen, sin límite de edad y los que tengan intención de iniciar una actividad emprendedora.

Ampliación de la bonificación de los autónomos colaboradores

Se plantea ampliar el incentivo previsto para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses desde los 18 actuales. Eso sí, la bonificación en estos 6 meses adicionales será de sólo el 25%. En cualquier caso se persigue que sea más llevadera la transición al pago de la cuota de autónomos completa.

Mayor protección para los autónomos dependientes

Se crea la posibilidad de que los TRADE puedan contratar a un trabajador en situaciones de baja de maternidad, paternidad o cuidado de niños menores de 7 años con objeto de fomentar la conciliación y equiparar sus derechos a los del resto de trabajadores.

Impulso de la Economía Social

Empleo ha planteado también medidas de apoyo para la Economía Social al ser considerada esta como una fuente de creación de empleo estable y una importante plataforma de acceso al empleo para aquellos que, por sus especiales circunstancias, encuentran mayores dificultades de inserción laboral o que se encuentran en riesgo de exclusión.

En este sentido, ha presentado el anteproyecto de Ley de Sociedades Laborales y Participadas para modernizar y simplificar la regulación de este tipo de sociedades, facilitando la incorporación de socios y su participación en la misma.

Para ello se establece una bonificación de 800 €/año a lo largo de 3 años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años se aumenta la cuantía a 1.650 €. La misma cantidad, a favor de las empresas de inserción cuando contraten a personas en riesgo de exclusión social.

Apoyo a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción

Pasan a ser consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general, lo que permite que se amplíe hasta 500.000 euros el tope de subvenciones públicas que pueden recibir en tres años. Además se fomentará la reserva de mercado público para ellas en los concursos de licitación y se bonificará a las empresas que contraten trabajadores provenientes de las empresas de inserción.