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Orden HAC/1177/2024: Nuevas especificaciones para sistemas de facturación

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28 de octubre de 2024

La reciente Orden Ministerial HAC/1177/2024, publicada el 28 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), introduce modificaciones sustanciales en los sistemas de facturación en España. Esta norma establece los criterios para asegurar la integridad, conservación, accesibilidad, inalterabilidad y trazabilidad de los registros de facturación, regulando el funcionamiento de VeriFactu.

Con esta normativa, se abre un plazo de nueve meses para que los desarrolladores de software adapten sus programas de facturación a los nuevos requisitos de VeriFactu. Los sistemas utilizados por autónomos y empresas deberán cumplir ahora con los estándares de registro de facturación, tal como estipula el Real Decreto 1007/2023 de 5 de diciembre.

Requisitos de integridad y seguridad reforzada

Los programas de facturación deberán incluir funcionalidades que permitan generar huellas digitales y firmas electrónicas en las facturas, con el objetivo de detectar cualquier modificación en los registros. Este avance está orientado a fortalecer la integridad y seguridad de los datos fiscales.

Transmisión en tiempo real con VERI*FACTU

Con VERI*FACTU, los registros de facturación se enviarán en tiempo real a la Agencia Tributaria, lo que facilitará una comunicación fluida y reducirá posibles discrepancias durante las revisiones fiscales.

Código QR obligatorio en facturas

A partir de esta normativa, cada factura emitida deberá incorporar un código QR que enlazará directamente con la Agencia Tributaria. Esto permitirá una verificación rápida y efectiva tanto para los clientes como para las autoridades, promoviendo la transparencia y accesibilidad en el proceso de validación.

Registro de incidencias y control de versiones

La normativa, que desde 2011 exige a los sistemas de facturación registrar incidencias y actualizaciones, refuerza el control documental de versiones. Esto garantiza un historial exhaustivo de modificaciones y facilita la revisión en caso de auditorías.

Para consultar el texto completo, accede a la Orden en el BOE.