La Orden ESS/484/2013 de 26 de marzo “por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social” crea y establece la normativa y regulación básica del Sistema de remisión de datos (en lo sucesivo Sistema RED) entre la Tesorería General de la Seguridad Social y los afiliados.
A través de RED los afiliados pueden cumplir sus obligaciones formales realizando las gestiones y presentando los documentos en las siguientes materias.
Asimismo, a través de RED los afiliados recibirán notificaciones electrónicas de la Seguridad Social.
Acceso a RED: Para realizar las gestiones descritas debemos disponer de una autorización de la Seguridad Social que solicitaremos en una oficina física de la Tesorería General de la Seguridad Social a través del modelo FR101. Esta autorización puede ser:
Para operar en RED necesitaremos un certificado digital.
Hasta el año 2016 era necesario disponer de un certificado emitido por la propia Seguridad Social (el certificado Silcon), pero se ha eliminado este certificado y en la actualidad podemos utilizar certificados (firma electrónica) emitidos por las autoridades reconocidas por la Seguridad Social como la policía, el Banco de España, la AEAT u otros.
Dentro del sistema RED operamos a través de una aplicación implementada por la Seguridad Social. En el año 2011 se empezó a utilizar Creta. A partir de 2015 se sustituyó Creta por Siltra que es la aplicación que se utiliza en la actualidad. Está desarrollado por Java y los ficheros que utiliza son de formado XLM
Esta aplicación tiene muchas ventajas:
En este último punto la aplicación nos pide, a veces, mucha más información de la estrictamente necesaria para evitar errores, por ejemplo, al dar de alta a un trabajador no nos pide sólo los datos básicos como son su NIF y su número de cotización sino que también debemos poner otros como su fecha de nacimiento y su sexo.
Para utilizar SILTRA debemos, en primer lugar instalarlo. El programa de instalación y configuración lo encontraremos en el sitio web de la Seguridad Social, aquí destacamos también que necesitamos disponer de la máquina virtual Java.
Una vez instalado y tramitada la autorización y firma electrónica de los que hemos hablado ya podemos entrar en SILTRA y nos encontramos:
Como vemos, en la primera pantalla encontramos las diferentes áreas de actuación que nos permite la aplicación. Vamos a verlas una por una.
Inscripción y afiliación:
Nos permite acceder “en prácticas”, es decir, hacer ensayos antes de operar.
Si entramos en “real” aquí podemos realizar gestiones.
Como vemos aquí podemos realizar las gestiones en diferentes apartados:
Cotización:
Aquí podemos acceder:
Al entrar nos pide información sobre el régimen, el número de CCC y el periodo.
Una vez dentro accedemos a un programa de nóminas donde ya consta gran parte de la información (como los días cotizados o la categoría profesional).
Nosotros aportaremos la información que falta como las bases económicas de cotización (el salario efectivo) o si ha habido horas extras.
Con todo esto el propio programa crea los boletines de cotización (TC1 y TC2) y gestiona su pago que puede hacerse con cargo a la cuenta corriente que hemos vinculado o por impresión del boletín que deberemos llevar a nuestro banco.
Incapacidad temporal: Aquí informamos a la Seguridad Social de las bajas por enfermedad temporal (tanto de enfermedad común como por accidente laboral), sus confirmaciones y las altas.
Buzón personal: Podemos consultar e imprimir los mensajes que nos ha remitido la Seguridad Social.
Maternidad/paternidad: Para crear y enviar el certificado de empresa necesario para esta prestación.
Gestión de Autorizaciones: Para los autorizados podemos informarnos y gestionar autorizados secundarios, obtener información sobre los autorizantes que tenemos, y cambiar nuestros datos de contacto.
Gestión de devoluciones y saldos acreedores: Solicitar la devolución de cotizaciones por bonificación por formación continua o consultar en qué estado esta ésta solicitud.
Conceptos retributivos abonados: Comunicar o solicitar justificante de estos conceptos.
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