Existen ciertos certificados expedidos por la Administración de Justicia que requieren de un pago previo de tasas administrativas; el pago de dichas tasas se hace efectivo mediante la cumplimentación y presentación del formulario 790. Vamos a analizar su estructura y a qué trámites concretos se refiere este modelo.
El formulario 790 es un documento que se utiliza para pagar las tasas del Ministerio de Justicia en cualquier banco o caja que actúe como entidad colaboradora; dichas tasas son las estipuladas para la obtención de una serie de certificados que expiden los distintos órganos de justicia.
A su vez, en la Subsecretaría de Justicia existen dos formularios 790 distintos en función de la naturaleza del trámite.
Mediante el modelo 790-006, los ciudadanos pueden solicitar la expedición de:
Y el modelo 790-026 sirve para:
La tasa que se tiene que pagar por los certificados expedidos por la Subsecretaría de Justicia es de 3,82 euros, y se puede formalizar mediante una autoliquidación directamente en la entidad colaboradora (banco o caja), de forma presencial en el organismo de justicia pertinente, o por Internet.
Aparte, existen más modelos para trámites ajenos a la Subsecretaría de Justicia. Aquí recopilamos algunos de los más destacados:
En este enlace a la sede electrónica del Ministerio de Justicia, se encuentran los enlaces de descarga para los modelos 790-006 y 790-026 respectivamente, así como la información adicional para cada uno de los trámites especificados.
Hay que indicar todos los datos personales y de contacto del solicitante en el apartado de Identificación.
Dado que el formulario 790 abre la puerta a obtener varios tipos de certificados distintos, a continuación se consigna la casilla correspondiente al certificado que se desea obtener. En el modelo 790-006, las casillas destinadas a consignar el tipo de certificado son la 17, 18 y 19; en el modelo 790-026, las casillas son la 19 y la 20.
Finalmente, en la esquina inferior derecha, se debe indicar el mencionado importe en euros de las tasas, así como la forma de pago elegida: en efectivo o mediante adeudo en cuenta. En este último caso, es necesario indicar todos los datos del CCC (Código de Cuenta Cliente) para que se proceda al giro bancario.
En condiciones normales, el formulario 790 se puede obtener en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, o bien en los distintos Registros Civiles; también está disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
En el escenario actual de pandemia y de forma excepcional, el Ministerio de Justicia solamente está expidiendo estos certificados de forma telemática (a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia), prescindiendo hasta nuevo aviso de la atención presencial.
Cuando se haya efectuado la liquidación de la tasa, se tendrá que adjuntar a la documentación requerida para cada trámite el resguardo del modelo 790 consignados como Ejemplar para la Administración, que incluirá el comprobante de que la tasa ha sido abonada; el Ejemplar para la entidad bancaria será el documento presentado en la entidad colaboradora para proceder al pago de la tasa.
Será necesario aportar una fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia vigente, tanto del solicitante como de su representante, si fuera el caso; adicionalmente, la presentación del formulario 790 deberá acompañarse de un documento que acredite el poder de representación otorgado.
Habrá que adjuntar el certificado literal de defunción de la persona fallecida, siempre después de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del fallecimiento; en ningún caso se pueden solicitar estos certificados antes de que haya transcurrido este plazo (compulsado por el certificado literal de defunción).
A través del formulario 790, los ciudadanos pueden acceder a una serie de certificados expedidos por el Ministerio de Justicia que requieren del pago de una tasa administrativa: los distintos modelos del formulario 790 permiten consignar a qué certificado se desea acceder, habiendo procedido previamente al pago de las tasas.
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