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Impuesto real

por Software DELSOL

Dentro de la Ley General Tributaria, definimos a los impuestos como aquellos tributos que se exigen sin ningún tipo de contraprestación, y poseen un hecho imponible basado en actos que manifiestan la capacidad económica del contribuyente. Los impuestos gravan el hecho imponible, y existen bastantes tipos en función de la actividad o acto que lo genere. El impuesto real es uno de los tipos que podemos identificar, y se caracteriza por no adaptar su carga tributaria a posibles situaciones familiares o personales del contribuyente que realiza el hecho imponible.

Qué es un impuesto real

En realidad, podemos clasificar los impuestos de distintas maneras: directos o indirectos, objetivos o subjetivos, periódicos o instantáneos, y reales o personales. Dentro de esta última clasificación, denominamos impuesto real a aquel que se define sin la participación de un sujeto determinado, es decir, sin tener en cuenta a ninguna persona física o jurídica a la hora de establecer las condiciones y cuantías del mismo.

Todo impuesto real se devenga sin importar quién sea la persona que efectúe el hecho imponible. Por ejemplo, a la hora de comprar un teléfono móvil, pagará el mismo IVA un empresario que genera muchos ingresos mensuales que lo que pagará un estudiante universitario que aún no ha entrado al mercado laboral. Para que un impuesto sea personal y no real, tendrá que estar definido teniendo en cuenta a una persona física o jurídica determinada.

Generalmente, podemos asociar los impuestos reales con los de carácter objetivo, ya que estos últimos no tienen en consideración personas familiares o circunstancias personales del sujeto pasivo, mientras que los impuestos subjetivos se suelen asociar con los personales por lo contrario (sí tienen en cuenta las circunstancias personales). Aunque en la gran mayoría de casos esta similitud termina cumpliéndose, es cierto que existen algunos impuestos, como el de sucesiones, que se categorizan como objetivos pero consideran algún tipo de circunstancia personal determinada.

Regulación de los impuestos reales

En nuestro país, ya estemos hablando de impuestos reales o personales, todos los impuestos deben estar regulados mediante una ley determinada, independientemente de que algún elemento se acoja a lo dictaminado por un reglamento. Este último lo aprueba el gobierno y sigue la ley, la cual es una norma aprobada directamente por el parlamento, y la ley es la que determina el hecho imponible que genera las obligaciones tributarias en personas físicas y jurídicas.

Estas normativas que regulan los impuestos tienen la obligación de establecer con total claridad cuáles son los elementos que lo conforman:

  • Se debe especificar el motivo exacto por el que se va a gravar este impuesto, sin generalizar ni dejar posibilidad a especulación.
  • Los importes a pagar, la fecha y el lugar donde hacerlo deben recogerse en la normativa.
  • El contribuyente debe conocer el momento exacto a partir del cual está obligado a realizar el pago del impuesto.
  • Cualquier tipo de bonificación existente en el pago del impuesto debe también especificarse en su normativa.

Diferencias entre impuesto personal y real

Los dos tipos de impuestos presentan una diferencia clara y evidente, y es que los personales nacen de la presencia de una persona física y gravan en consecuencia de ella, mientras que los reales no tienen en cuenta la participación o presencia de ningún sujeto físico. Pese a que en estos últimos las personas sí participan (alguien tiene que pagar el impuesto), no definen la naturaleza y las características del impuesto. Veamos la diferencia entre ambos impuestos con un ejemplo sencillo.

  • Impuesto real: se gravará un 12 % de la compra de un electrodoméstico en cada compra.
  • Impuesto personal: Se gravará un 7 % de la compra de un electrodoméstico cuando la realice una persona con dos o más hijos.

Ambos impuestos gravan la compra de electrodomésticos, pero en el segundo caso el impuesto es personal porque la persona con hijos es una parte esencial del mismo, mientras que, en el primero, el sujeto pasivo que compra el electrodoméstico no se tiene en cuenta a la hora de gravar.

Ejemplos de impuestos reales

  1. Un ciudadano paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por tres viviendas que tiene en su propiedad. Esta persona tendrá que pagar el impuesto sin ninguna excepción, independientemente de sus condiciones personales y/o económicas.
  2. La compra de un televisor. Aquí, el ciudadano pagaría el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que grava directamente la compra del producto, sin tener en cuenta quién realiza esa compra.
  3. La venta de acciones. Aunque en este caso existen diferentes tipos aplicables, estos van en función de las ganancias patrimoniales, no de la renta del propietario. De esta manera, se gravaría sin tener en cuenta las condiciones del vendedor.

En definitiva, el impuesto real es una clasificación más que podemos realizar en este tipo de tributos. Muchos de los impuestos que pagan los españoles son de este tipo, ya que las actividades relacionadas con el consumo (gravadas por el IVA) no tienen en cuenta la situación personal del contribuyente a la hora de aplicar el impuesto.

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