El Poder Legislativo en España recae en las Cortes Generales, siendo estas las encargadas de la aprobación de distintas leyes de un país, aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, el control del Gobierno así como aquellas funciones que la Constitución le atribuya.
La composición de las Cortes Generales en España es de carácter bicameral, es decir, está compuesta por la Cámara del Congreso de los Diputados (Cámara Baja) y por la Cámara denominada Senado (Cámara Alta).
Una de las características principales del bicameralismo Español es su desigualdad y asimetría. Desigualdad en el sentido de que las funciones que llevan a cabo ambas cámaras no son ni equivalentes ni semejantes. Es asimétrico puesto que ambas cámaras llevan a cabo funciones totalmente distintas.
El papel que otorga la Constitución Española a ambas cámaras es de claro predominio del Congreso de los Diputados sobre el Senado, siendo el primero el eje vertebral de las principales cuestiones objeto de debate en las Cortes Generales.
El Congreso de los Diputados está compuesto, como mínimo, por 300 diputados y por un máximo de 400 Diputados, siguiendo las directrices marcadas por la Constitución Española. Todos ellos son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, secreto y directo, siempre atendiendo a las estipulaciones establecidas en la Ley. Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el número de diputados pertenecientes al Congreso de los Diputados se establece en 350.
El Congreso de los Diputados es elegido por un plazo temporal de 4 años, y podrán ser elegibles como diputados todos aquellos españoles que no se hayan visto privados de sus derechos políticos.
Para que un partido político pueda tener representación en el Congreso de los Diputados es obligatoria que haya alcanzado, como mínimo, el 3 % de los votos en la circunscripción a la que haya concurrido.
El Congreso de los Diputados tiene asignado una serie de funciones por imperativo Constitucional y legal. Algunas de las más importantes son las siguientes:
El Senado, junto con el Congreso de los Diputados, conforma Las Cortes Generales en España. El Senado es una cámara de representación territorial y está conformada por un número de senadores que puede ser variable.
Al igual que sucedía en el Congreso de los Diputados, a los senadores se les elige por sufragio universal, igual, libre, secreto y directo, siguiendo para ello un escrutinio plurinominal mayoritario que puede otorgar hasta 4 senadores por provincia, a excepción de los territorios insulares.
Los senadores serán designados por la correspondiente comunidad autónoma mediante una asamblea legislativa, habiendo un senador inicial y añadiéndose otro más cuando hayan alcanzado el millón de votantes.
Al igual que los diputados los senadores tienen un mandato de 4 años, que finalizará después de su propia elección o una vez que la cámara quede disuelta. El propio mandato de los senadores que hayan sido elegidos por las correspondientes comunidades autónomas puede quedar vinculado por lo establecido en los propios estatutos de autonomía, y podrán adquirir la condición de diputado autonómico o quedar renovado automáticamente hasta el final del periodo natural aunque el Senado haya quedado disuelto.
El Senado tiene asignado una serie de funciones por imperativo Constitucional y legal. Algunas de las más importantes son las siguientes:
En definitiva, el Poder Legislativo en España recae en las Cortes Generales, la cuales representan al pueblo español, y tienen una configuración bicameral asimétrica, otorgando mayor protagonismo al Congreso de los Diputados. Asimismo, ejercen actividades esenciales en su papel de órgano residente la soberanía nacional: poder legislativo, aprobación de los Presupuestos Generales del Estado y control de la acción del poder ejecutivo (Gobierno).
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