Toda empresa necesita una denominación que la identifique frente al resto de compañías, y es a lo que conocemos como razón social. Es el nombre oficial por el que la empresa consta legalmente, es decir, la denominación que aparece en los documentos oficiales de constitución de la compañía como persona jurídica, y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
La razón social sirve para identificar a la empresa a nivel formal, y también es útil en términos jurídicos y administrativos. En otras palabras, la razón social de una empresa es el nombre identificativo mediante el cual la misma se puede diferenciar legalmente del resto de compañías.
Analizando la razón social como si perteneciera a una persona física, podríamos compararla perfectamente con su nombre completo, es decir, el que aparece en el DNI y le identifica de forma legal. La razón social aparece en las escrituras de la empresa, en todos los documentos de carácter legal e incluso en los documentos fundacionales de la compañía, por lo que hablamos de una denominación fundamental para la misma.
Por este motivo, todas las empresas están obligadas a registrarse con una razón social que la identifique, tanto a ella como a todos los integrantes que la integren. Esta denominación ofrece seguridad respecto al carácter legal de la empresa, ya que demuestra que se ha establecido siguiendo los trámites establecidos para ello. Dentro del territorio nacional no pueden existir dos empresas con la misma razón social, por lo que esta denominación se convierte en algo único que diferencia a una compañía del resto.
Hay que puntualizar que, para las sociedades comanditarias simples o colectivas, hay una peculiaridad a la hora de registrar la razón social. En este tipo de sociedades, existe la obligación de que se incluya el apellido de uno de los socios en la denominación (por ejemplo, Ferretería Martínez & Compañía). En otras sociedades (anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones) se puede utilizar una denominación objetiva o social en el nombre, sin la necesidad de incluir ningún apellido o nombre de algún socio.
Ya que estamos hablando del “nombre legal” de la empresa, podemos llegar a pensar que la razón social se corresponde con el nombre que utiliza la compañía para dar a conocer su marca, es decir, su denominación de cara al público. La realidad es que la razón social no se corresponde al nombre que utiliza la empresa en el mercado y, habitualmente, los consumidores habituales de la empresa no saben cuál es realmente esta denominación legal.
Utilizando un ejemplo, imaginemos que una pareja abre una pastelería y llega el momento de registrarla legalmente, por lo que tendrá que escoger una razón social que la identifique del resto. Eligen el nombre “Pastelería Antonio y Marta S.L.”, registrándose correspondientemente en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Cuando llega el momento de abrir el local de cara al público, la pareja decide utilizar otro nombre para su marca comercial, y coloca en sus letreros y redes sociales la denominación “Pastelería Antomar”.
La primera denominación, “Pastelería Antonio y Marta S.L.”, es la razón social de la empresa, ya que es el nombre que identifica la empresa en el ámbito legal. Después, a la hora de comercializar su marca, el negocio se identificará en el mercado con el nombre “Pastelería Antomar”, por el que sus clientes les conocerán.
Es posible que una empresa modifique su razón social. Estos cambios se realizan de manera distinta dependiendo de la legislación del país al que pertenezca, pero en España existen las siguientes condiciones:
Como pasa con las personas físicas, las entidades jurídicas también deben tener una identificación en aspectos legales. Para ello existe la razón social, es decir, la denominación que utilizan las empresas para diferenciarse de otras, de cara a gestionar trámites administrativos, jurídicos y formales.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00