Los trabajadores autónomos y las sociedades mercantiles, entre otros, tienen la obligación de realizar ingresos en la TGSS por diversos conceptos; sin embargo, puede suceder que las cantidades ingresadas sean distintas a las que correspondía ingresar. Vamos a explicar cómo se tramita la devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social, aplicable cuando la cantidad ingresada es superior a la que realmente debía ser, y quiénes pueden reclamarlos.
En líneas generales, todas las cantidades pagadas de más a la Seguridad Social son susceptibles de reintegrarse según el procedimiento previsto parta la devolución de ingresos indebidos.
Se pueden acoger a este procedimiento tanto los trabajadores autónomos como las sociedades mercantiles, trabajadores por cuenta ajena, empleados del hogar, o trabajadores adheridos al sistema especial agrario.
Si la TGSS resuelve favorablemente la solicitud formulada, serán reintegrados al autónomo o a la empresa tanto los ingresos indebidos como los intereses de demora devengados desde la fecha del ingreso hasta la fecha propuesta para su pago (restando las cantidades pendientes de ingreso o amortización, si hubiera).
En cambio, existen dos supuestos en los que la devolución de ingresos indebidos no tendrá ese efecto:
Si consideras o detectas que has realizado ingresos indebidos a la Seguridad Social, debes saber que dispones de un máximo de 4 años desde que ingresaste la cuota indebida para formular la reclamación.
Una vez presentada la solicitud de devolución, la TGSS tendrá que resolver sobre ella en un plazo máximo de 6 meses, que empiezan a contar desde el día después de que hayas presentado la solicitud.
Pero si transcurridos los seis meses la Seguridad Social no contesta (ni a favor ni en contra), se sobreentenderá que tu solicitud ha sido desestimada (al amparo del Real Decreto 1415/2004, de 11 de julio, que regula las disposiciones recaudatorias de la Seguridad Social).
El primer paso que hay que dar es rellenar el formulario TC.13/1 de la siguiente forma:
También hay un apartado para rellenar los datos del representante, si lo hubiera: esto sucede cuando la solicitud no se realiza en nombre propio, sino en representación de otra persona o entidad, por lo que tendrá que adjuntarse también un documento que acredite la circunstancia de representación, con el consentimiento expreso del representado a que el representante actúe en su nombre.
Finalmente, indica a qué delegación provincial irá dirigida tu solicitud, firma el documento y guárdalo o imprímelo.
Si has optado por imprimir el modelo TC.13/1, tendrás que personarte en la oficina correspondiente de la Seguridad Social para presentar el formulario: si aportas pruebas documentales, también tendrás que imprimirlas y adjuntarlas al expediente.
Si has guardado el documento, puedes acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para realizar la solicitud telemáticamente. Para ello:
La Seguridad Social contempla el derecho a restituir las cantidades cobradas por error a las personas obligadas a cotizar o a pagar deudas. Como es natural, para una mayor agilidad administrativa, la Administración siempre te instará a que realices el trámite de forma telemática.
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