Los bienes de consumo son bienes finales: son el destino y objetivo de toda producción de bienes de las empresas, aquellos bienes que se ofrecen al consumidor final, al cliente consumidor.
Estos bienes de consumo son los únicos que llegan hasta las familias y demás consumidores; las empresas si que compran y tienen otro tipo de bienes económicos, hablamos de bienes de capital que son los que utiliza para su producción (como maquinaria, herramientas, equipos) y bienes intermedios que son materias primas y otros objetos que tiene en su almacén para transformarlos con su producción (como la madera para hacer muebles, piezas para ensamblar, etc.).
Los bienes de consumo que están todavía en posesión de las empresas suelen estar disponibles para su distribución y venta en sus almacenes o en las tiendas donde van a llegar hasta sus destinatarios finales.
La teoría económica nos habla de que la producción y actividad de cualquier empresa está dirigida a satisfacer una necesidad del consumidor que es su cliente: la producción de bienes finales se hace según su demanda, según las necesidades de los compradores potenciales (a lo que llamamos utilidad).
Aunque estas necesidades pueden ser más o menos espontáneas: las estrategias de marketing pueden crear en los consumidores necesidades nuevas que antes no existían.
Podemos clasificarlos según el tiempo que duran:
Otra clasificación que podemos hacer será según su relación con otros bienes de consumo ya que existen en el comercio bienes que se compran vinculados a otros de una manera u otra, hablamos de:
El grado de sustitución puede variar, pueden ser bienes sustitutivos perfectos, cuando cumplen exactamente la misma función, pero puede que esta sustitución sea menos perfecta cuando hacen más o menos lo mismo.
La normativa de protección a los consumidores, especialmente el RD Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras como la Directiva 2009/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, establecen una serie de garantías a dichos consumidores en su compra de bienes de consumo: en concreto fija un periodo de garantía de dos años, para los bienes nuevos, o un año mínimo para los de segunda mano, durante el que el comprador puede manifestar su disconformidad con lo comprado y elegir entre la reparación gratuita o la sustitución del bien no conforme, salvo que resulte ésto desproporcionado, en cuyo caso elegirá el consumidor entre una rebaja en el precio o la resolución del contrato.
Si el bien de consumo final se entrega ajustándose a su descripción y cualidades según información, publicidad o muestras, se presume que es conforme (artículos 114 y ss. de la Ley).
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00