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Modelo 220

por Software DELSOL

En ocasiones, las obligaciones con la Agencia Tributaria son algo complejas. Existen infinidad de modelos que es necesario presentar para cumplir con estas obligaciones fiscales. En el caso de sociedades y grupos de sociedades, las responsabilidades tributarias pueden ser aún más complejas.

El modelo 220 es uno de los documentos que sirven para informar a la Agencia Tributaria sobre la actividad de un grupo de empresas y que es obligatorio presentar.

Qué es el modelo 220

El modelo 220 es un documento de la Agencia Tributaria para la presentación de la declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación de los grupos de sociedades.

Cuándo hay que presentar el modelo 220

Estarán obligados a presentar este modelo los grupos de entidades que opten por aplicar el régimen de consolidación fiscal del Capítulo VI del Título VII de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. Concretamente, estarán obligadas a su presentación:

  • La entidad representante del grupo fiscal. 
  • Todas las entidades del grupo

Este documento debe presentarse en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses después de haber finalizado el período impositivo de la empresa que representa al grupo. En los casos en que el ejercicio económico coincide con el año natural, la presentación se realizará entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente. Si el resultado es a ingresar y va a ser domiciliado, el plazo finaliza cinco días antes, es decir, el día 20 de julio.

Cómo se rellena el modelo 220

Este documento tiene cierta complejidad en lo que se refiere a los datos que se exigen. Es por ello que es preciso rellenarlo con cierta precaución y detenimiento.

En la estructura del modelo se encuentran los datos identificativos, los estados contables, la liquidación e información adicional y el documento de ingreso o devolución.

En cuanto a los datos de identificación:

  • Número de Identificación Fiscal. 
  • Nombre completo.
  • Razón Social. 
  • Teléfono.
  • Número de grupo.

Hay que indicar a qué ejercicio corresponde el modelo y si se trata de una declaración complementaria, anotando su número de justificante.

Tras esto, habrá que detallar las actividades que hacen las empresas del grupo, anotándolas de mayor a menor importancia.

Será necesario especificar qué tipo de grupo es el que presenta el modelo, a efectos de estados de cuentas consolidadas. Si el grupo incluye entidades de diferentes tipos de entidades, se elegirá el esquema de la cuenta que refleje de forma más fiel al grupo, entre uno de los siguientes:

  1. Grupo general.
  2. Grupo de entidades de crédito.
  3. Grupo de entidades aseguradoras

Los representantes legales y las sociedades del grupo en régimen de consolidación fiscal deben registrar datos añadidos, como el NIF.

A continuación encontramos un gran número de páginas en las que se solicitan los datos correspondientes a los diferentes tipos de grupo y sus datos financieros obtenidos de los estados contables. Será necesario ir leyendo con detenimiento e incluyendo todas las cuantías de cada apartado.

Tras incluir todos los datos se hará la liquidación que dará un resultado positivo o negativo que se refleja en el documento de ingreso o devolución.

Cómo presentar el modelo 220

La presentación del modelo 220 se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello es necesario identificarse mediante certificado electrónico.

Pueden realizarlo los representantes legales o aquellas personas que tengan facultades para presentar electrónicamente en nombre de terceras personas.

Es posible consultar un borrador del modelo 220 para confirmar qué apartados son los que es necesario rellenar.

Dependiendo del resultado de la declaración:

  • Si se obtiene una cuota ingresar, se podrá domiciliar el pago o efectuar el ingreso en cualquier entidad colaboradora, proporcionándote un número de referencia completo (NRC), para poder presentar la declaración. 
  • Si el resultado es negativo, habrá que incluir el número de cuenta para recibir la devolución. 

Una vez hecho el pago o cobro se presenta a través de la sede electrónica. Se obtendrá un justificante de presentación que es posible y recomendable descargar para guardar, y conservar para posibles consultas o reclamaciones.

En caso de solicitar un aplazamiento, habría que marcar esta opción, presentar la declaración, y después con la clave de liquidación se tramita la solicitud de aplazamiento.

El modelo 220 es una declaración-liquidación que hay que presentar en la Agencia Tributaria en los casos de los grupos de sociedades. Están obligadas a presentarlo la entidad representante y el resto de entidades del grupo. El plazo para su presentación es de 25 días una vez transcurridos 6 meses del fin del periodo impositivo. Para ello, es necesario rellenar cuidadosamente los datos identificativos, los estados contables, la liquidación e información adicional y el documento de ingreso o devolución. La presentación de este modelo se hace telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, pudiendo domiciliar el pago, pagar en una entidad colaboradora o solicitar la devolución.

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