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Paro para autónomos, requisitos y todos los datos aquí

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20 de octubre de 2017
1 comentarios

Todas las personas que están considerando hacerse autónomos se hacen la misma pregunta ¿Puede un autónomo cobrar el paro?, vamos a tratar de arrojar algo de luz sobre esta temática para aclarar todas las dudas al respecto de si un autónomo puede obtener algún tipo de ayuda por cese de actividad como ocurre en la actualidad con los trabajadores asalariados.

Por lo general, y además está extendido ampliamente en la cultura popular, se ve al autónomo como un lobo solitario que solo depende de si mismo para subsistir, y que tiene que pagar todos sus impuestos escrupulosamente pero que tiene pocas ayudas a su disposición. Si bien es cierto que el autónomo tiene que cumplir y llevar al día el pago de los correspondientes impuestos, y que existen pocas ayudas que favorezcan a este amplio grupo de trabajadores, también es cierto, que desde el 1 de enero de 2015 entró en vigor una nueva normativa, que permite a los trabajadores autónomos gozar del derecho de obtener una prestación por cese de actividad.

Subsidio por desempleo autónomos

Esta prestación por ceses de actividad es lo que comúnmente se conoce como el paro de los autónomos y se trata de una modificación introducida en la normativa vigente hasta entonces, para tratar de paliar el efecto de aislamiento y diferenciación del resto de trabajadores que hasta entonces había con los autónomos. Por supuesto, no se trata de una prestación por desempleo al uso, como a la que fácilmente pueden acceder los asalariados de forma tradicional, sino que hay una serie de requisitos que el autónomo debe cumplir para poder optar al cobro de esta prestación.

La modificación de la ley que favoreció que existiese el llamado paro para autónomos se produjo el 26 de diciembre de 2016, y se introdujo con la modificación de la llamada Ley de Mutuas que se enmarca dentro de la Ley General de la Seguridad Social. La modificación consistía en introducir para los trabajadores autónomos una cobertura por cese de actividad, que tiene carácter voluntario, que permitiría cobrar el paro para autónomos desde el 1 de enero de 2015 a todos aquellos autónomos que cumpliesen con los requisitos establecidos.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el paro de autónomos?

Todos los autónomos interesados en cobrar el subsidio por desempleo para autónomos tienen que saber que los requisitos que deben cumplir son los siguientes:

  • Tiene que haber cotizado un mínimo de 12 meses seguidos por cese de actividad anteriormente al cese incluido el mismo mes en el que se cese la actividad. (Recordemos que la cotización por cese de actividad es voluntaria.).
  • No puede haber alcanzado la edad de jubilación, a menos que tenga acreditado un periodo de cotización requerido para ello.
  • Se debe estar dado de alta en la Seguridad Social, al corriente de pago de las cuotas y tener cubiertas las contingencias profesionales que correspondan.
  • No se puede incurrir en incompatibilidades previstas en la Ley 32/2010, de 5 de agosto.
  • El autónomo tiene que alegar un motivo económico, técnico, productivo u organizativo, o bien haber perdido su licencia administrativa, tener una causa de fuerza mayor, estar en un caso de violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial, todo ello justificado, para dar por finalizada su actividad. En el caso de que el motivo aducido sea económico, deberá demostrar al menos un nivel de pérdidas del 10%.
  • Deberá también el autónomo suscribir el compromiso de actividad para así poder continuar con la prestación por desempleo, llevando a cabo las actividades a las que lo pueda convocar el Servicio Público de Empleo, formación, actividades de promoción emprendedora y demás, también deberá cumplir con las obligaciones propias que se especifican en los artículos 17.1 g) y h) de la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

¿Entonces un autónomo cobra el paro como cualquier trabajador?

La respuesta a esta pregunta sería un sí y un no, tenemos que tener en cuenta que la prestación que recibe el autónomo en situación de desempleo por cese de actividad, es precisamente eso, una ayuda debido al cese de la actividad que venía llevando a cabo, se trata de un concepto introducido de forma específica para los autónomos. No se trata de una ayuda familiar y no se trata de otros instrumentos de ayuda a los que se puede acceder cuando se comienza la actividad como autónomo como la posibilidad de cobrar paro y ser autónomo.

Para comprender correctamente el funcionamiento de este sistema, tenemos que comprender que el pago de la cobertura por cese de actividad es voluntario y se trata de un extra a pagar dentro de la conocida como cuota de autónomos, optamos a este pago de forma totalmente voluntaria y en caso de que no lo paguemos, no podremos percibir el llamado paro para autónomos.

Comentarios ( 1 )
  • Bogdan ionut timisan
    2023-02-03 05:46:48
    Hola cómo autónomo puedo cobrar paro