Si tenemos el DNI caducado no es que sea un problema enorme, pero deberemos renovarlo para disponer de uno en vigor.
¿Qué es el DNI?
Regulado por los artículos 8 y ss. de la Ley de protección de la seguridad ciudadana. (Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo) el DNI es un documento oficial y público, personal e intransferible, que prueba, por si solo, la identidad y los datos personales de su dueño y su nacionalidad española.
Garantiza la capacidad de obrar de las personas que lo tienen, es decir, con él pueden realizar todo tipo de actos con significado y consecuencias jurídicas, además de poder identificarse a requerimiento de las autoridades que puedan pedírselo.
Incorpora un chip que contiene un certificado electrónico (firma electrónica) de su titular que puede activarse con una clave de seguridad en las oficinas de la Policía Nacional expendedoras del DNI; por ello también sirve para la identificación del titular en Internet en donde, con él, podrá firmar y hacer todo tipo de gestiones.
El Estado tiene la obligación de expedir estos DNI y el ciudadano no puede ser privado de su DNI, salvo casos en los que deba, temporalmente, ser sustituido por otro documento.
Todos los españoles mayores de 14 años tienen la obligación de disponer de un DNI en vigor (no caducado) y conservarlo diligentemente.
Esta obligación incluye tomar las medidas necesarias si se lo roban o lo pierde, comunicándolo lo antes posible a la Policía.
La primera obligación que establece la Ley de Seguridad Ciudadana es la de exhibir el DNI y permitir su comprobación si es requerido por una autoridad o un agente de la autoridad: la policía Podrá pedir que una persona se identifique cuando tenga indicios de que puede haber cometido un delito o, también, cuando sea razonable para prevenir la comisión de un delito, realizando las comprobaciones de la identidad que sean necesarias aunque estén en medio de la calle.
Si la persona requerida no dispone de su DNI o se niega a darlo la Policía puede, cuando sea razonable, llevar a esa persona a la comisaría para realizar la identificación.
Además de ésto, el DNI sirve, como hemos dicho, para realizar todo tipo de actos jurídicos acreditando la identidad de su poseedor (de manera física o electrónica); entre otros sirve para:
Pues, no debemos tener el DNI caducado porque, como hemos visto más arriba, la Ley nos impone la obligación de disponer de un DNI en vigor.
Además tiene consecuencias prácticas ya que un DNI caducado no sirve como documento identificativo y no podremos realizar con él ninguno de los trámites que hemos enumerado en el punto anterior.
Salvo el caso de españoles que residen fuera de la UE y utilizan habitualmente el pasaporte, algunos de ellos no tienen el DNI hace años, el resto vamos a necesitarlo antes o después, además de que nos lo puedan pedir en algún momento por la calle.
Conclusión: si tenemos el DNI caducado lo que tenemos que hacer es renovarlo lo antes posible: si ya hemos pedido cita en la Policía para hacer la renovación se nos va a aceptar, normalmente, identificarnos con el DNI caducado acompañado del resguardo de esa cita.
La competencia para expedir y renovar el DNI es de la Dirección General de la Policía: para renovarlo deberemos pedir cita a través del teléfono 060 o en Internet en el sitio web de la Policía para citas de DNI, deberemos aportar todos los datos del documento (número, códigos, equipo de expedición, lugar, etc.) y, si no los tenemos porque lo hemos perdido, existe una sección para ello.
Al pedir la cita se nos permite hacerlo mediante cita rápida, dándonos hora en la primera oficina de nuestra ciudad donde se pueda, o bien eligiendo la oficina a la que queremos acudir, donde nos darán la cita cuando haya. Deberemos confirmar la fecha, el lugar y la hora de la cita y nos darán un código de la cita.
Se nos darán todos los datos de la cita y se nos enviará un correo electrónico para confirmarla.
De la misma manera deberemos anular la cita si no podemos ir.
Al renovar el DNI deberemos pagar una tasa de 12€ en todos los casos excepto que la renovación sea para cambiar algún dato como el domicilio.
Para hacer la renovación deberemos acudir personalmente a la policía con el DNI anterior y una foto en color en el formato adecuado; también nos pueden pedir otros papeles como, por ejemplo, el certificado de empadronamiento si hemos cambiado de domicilio, o que nos asista nuestro representante legal si somos menores de edad.
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