Cuando se solicita una prestación por desempleo en el SEPE (antiguo INEM), es responsabilidad del ente público velar por el ingreso de las mensualidades correspondientes al interesado. Para poder percibir una ayuda de este tipo es necesario cumplir con una serie de requisitos propios de los demandantes de empleo. Haber trabajado durante 360 días dentro de los 6 años anteriores es uno de los más importantes.
Sin embargo, puede darse el caso de que el SEPE haya validado los requisitos iniciales de forma errónea o que haya seguido abonando las mensualidades del subsidio por desempleo después de que el preceptor encontrase trabajo o se haya mudado al extranjero. Para todas estas situaciones, existe un protocolo que debemos seguir para evitar tener problemas con el SEPE.
Antes de pasar a la práctica, vamos a definir los supuestos considerados como cobros indebidos:
En el momento en el que el SEPE detecte el error en el abono del subsidio, remitirá la documentación a la Dirección Provincial, que será la encargada de acreditar el error a través de dos entidades:
En el caso de que se confirme el error, el SEPE emitirá una carta al desempleado informando sobre la irregularidad. A partir de ese momento, es posible realizar una reclamación en el caso de que no se esté conforme con la resolución. Deberá remitirse la queja a la Dirección Provincial del SEPE.
Si la alegación es desestimada, se abrirá un nuevo plazo de 30 días desde la recepción de la última resolución para realizar una nueva reclamación, de nuevo, en la Dirección Provincial del SEPE. Se trata de un paso previo a la reclamación judicial, que podrá realizarse si se desestima esta vía en un plazo de 45 días. Si no se recibe respuesta, se considerará a efectos legales como una solicitud denegada.
En cualquier caso, la reclamación debe efectuarse aportando toda la documentación necesaria que justifique la correcta percepción del subsidio por desempleo.
Ante la percepción de un cobro indebido, es obligatorio devolver la cuantía total del periodo correspondiente en un plazo de 30 días. En el caso de que el desempleado no pudiera hacer frente a la devolución, se le propondrá realizar un pago fraccionado al que se le aplicarán unos intereses de demora.
Si, tras finalizar el plazo de devolución, no se ha efectuado el pago, el SEPE aplicará una sanción de un 20 % sobre el valor total adeudado. Si en el futuro el sujeto vuelve a ser susceptible de recibir la prestación por desempleo, el SEPE descontará la deuda de la prestación aplicando el recargo correspondiente.
Si la persona en cuestión no puede devolver la cantidad adeudada, deberá solicitar el pago fraccionado al SEPE en un plazo de 30 días tras recibir la notificación de cobro indebido.
En dicha solicitud deberá justificarse la situación sociolaboral del deudor a fin de demostrar su incapacidad para hacer frente a sus obligaciones en el plazo acordado. Este fraccionamiento no superará, en ningún caso, las 60 mensualidades.
En definitiva, los cobros indebidos son situaciones excepcionales en las que corresponderá a la entidad pública notificar esta situación y al desempleado devolverlo en el plazo acordado. Para evitar problemas, lo recomendable es devolver la cantidad percibida en el momento del cobro, aun si no se ha recibido notificación alguna por parte del SEPE.
Suscríbete para recibir la newsletter mensual directamente en tu email.
Software DELSOL se compromete con la privacidad de tus datos.
Te explicamos de manera resumida cómo trataremos tus datos personales.
¿Quién es el Responsable del tratamiento de tus datos?
Software del Sol, S.A., con NIF número A-11682879 y domicilio en Geolit, P. Tecnológico. C/ Las Villas 9. 23620. Mengíbar (Jaén). Dirección de correo electrónico: info@sdelsol.com.
¿Con qué finalidad tratamos tus datos personales?
Tratamos la información que nos facilitas con el fin de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono). Tranquilo, no te abrumaremos con demasiada información.
¿Por cuánto tiempo conservamos tus datos?
Los datos personales que nos proporciones se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o no solicites la supresión de los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
La base legal para el tratamiento de tus datos está basada en el consentimiento que te solicitamos al recabar esos datos y/o en la necesidad de contar con los mismos para procesar tus pedidos y cumplir con los compromisos que adquirimos contigo por contrato.
¿Comunicaremos tus datos a terceros?
No, a menos que la ley nos obligue.
¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
Tienes derecho a obtener confirmación sobre si en Software del Sol, S.A. estamos tratando tus datos personales, por tanto, tienes derecho a acceder a tus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Si quieres conocer con más detalle cómo tratamos tus datos consulta nuestra Política de Privacidad.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00