Cuando las personas están en búsqueda activa de empleo, se pueden encontrar trabajos temporales ofrecidos por empresas de distintos sectores. Este tipo de contratos se pueden realizar bajo ciertas circunstancias, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que establece la ley.
En muchas ocasiones, los contratos temporales se van renovando, algo que conocemos como la concatenación de contratos. Debido a que es muy común que esto se produzca, es preciso conocer en qué consiste este proceso, cuáles son las modalidades de contratos temporales y sus límites legales.
La concatenación de contratos se produce cuando las empresas no ofrecen a un trabajador un contrato indefinido, optando por contratarlo temporalmente. Al finalizar el periodo, se renueva por otro de la misma naturaleza, enlazando un contrato temporal con otro.
Realmente, este tipo de contratos solo pueden realizarse bajo ciertas circunstancias. Por un lado, cuando queda libre una plaza por la baja de un trabajador, se podría realizar un contrato temporal para el profesional que vaya a realizar la sustitución. Por otro lado, también es una opción cuando se necesite mayor cantidad de mano de obra, en los casos donde esta escasea para completar las tareas previstas.
En muchas ocasiones, las empresas no cumplen con esta normativa, ofreciendo empleos temporales en situaciones donde no existe ninguna de estas condiciones. Todo ello, con la finalidad de que no se acumulen la antigüedad del trabajador en la compañía, y la compensación a entregar en caso de despido se vea reducida.
Las empresas pueden optar por realizar una concatenación de contratos siempre que se cumplan con las exigencias que establece la ley:
Existen cuatro tipos de contrato temporal a firmar que habilitan la concatenación: eventuales, de aprendizaje y formación, por obra y servicio, y de interinidad.
Este tipo de contrato se efectúa cuando la compañía requiere de mayor mano de obra para cumplir con sus necesidades de trabajo. Con carácter general, se establece que la duración del contrato no puede ser superior a 3 años, pudiendo ser ampliable por uno más.
Se elaboran con la finalidad de que los empleados de la empresa mejoren sus competencias y puedan estar mejor capacitados en sus labores profesionales. Se pueden prolongar, siempre y cuando la duración sea de al menos de 6 meses, y no se pueden realizar por un periodo superior a tres años.
Se realiza con el fin de que el empleado realice una obra concreta o de un servicio de manera autónoma. No se puede realizar por más de 3 años y se pueden prolongar 12 meses, siempre que se posibilite por convenio colectivo.
Se desarrollan cuando algún trabajador de la empresa está de baja y se necesita un reemplazo temporal. La duración del contrato se prolongará hasta que la persona regrese a su puesto.
En caso de que un empleado detecte que la empresa está realizando una concatenación ilegal de sus contratos temporales, se pueden dar los siguientes casos:
Dado que las empresas están optando por realizar contratos temporales con más frecuencia, es conveniente conocer cuáles son las características de la concatenación y sus tipos, así como los requisitos que se deben tener para que sean considerados legales.
Es fundamental cumplir con todos ellos, ya que la empresa podría enfrentarse a las consecuencias expuestas anteriormente.
Suscríbete para recibir la newsletter mensual directamente en tu email.
Software DELSOL se compromete con la privacidad de tus datos.
Te explicamos de manera resumida cómo trataremos tus datos personales.
¿Quién es el Responsable del tratamiento de tus datos?
Software del Sol, S.A., con NIF número A-11682879 y domicilio en Geolit, P. Tecnológico. C/ Las Villas 9. 23620. Mengíbar (Jaén). Dirección de correo electrónico: info@sdelsol.com.
¿Con qué finalidad tratamos tus datos personales?
Tratamos la información que nos facilitas con el fin de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono). Tranquilo, no te abrumaremos con demasiada información.
¿Por cuánto tiempo conservamos tus datos?
Los datos personales que nos proporciones se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o no solicites la supresión de los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
La base legal para el tratamiento de tus datos está basada en el consentimiento que te solicitamos al recabar esos datos y/o en la necesidad de contar con los mismos para procesar tus pedidos y cumplir con los compromisos que adquirimos contigo por contrato.
¿Comunicaremos tus datos a terceros?
No, a menos que la ley nos obligue.
¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
Tienes derecho a obtener confirmación sobre si en Software del Sol, S.A. estamos tratando tus datos personales, por tanto, tienes derecho a acceder a tus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Si quieres conocer con más detalle cómo tratamos tus datos consulta nuestra Política de Privacidad.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00