La pandemia trajo consigo una de las palabras más empleadas en 2020: el ERTE. Han sido muchas empresas que a lo largo del año no han podido desarrollar con normalidad su actividad y que, por lo tanto, requieren de una serie de medidas que permitan oxigenar sus cuentas. Esta medida afecta tanto a los trabajadores como a las empresas y ha sido fundamental en muchas compañías que estaban abocadas al cierre.
Tanto si te encuentras en un ERTE por la crisis sanitaria como por otros motivos, tu suspensión deberá de ser aprobada por el SEPE y, una vez reconocida, tendrás derecho a cobrar el 70 % sobre la base reguladora (que es la media de la base de cotización de los últimos 6 meses). Si se diese el caso de que no las hubiera, se tomaría la franja temporal anterior.
En este caso, siempre que permanezcas en ERTE, estarás cobrando el 70% de la base reguladora. En ningún momento habrá una reducción al 50% a partir del séptimo mes como si sucede con la prestación por desempleo.
En otras palabras, aunque no es exacto al 100 %, se podría decir que el trabajador estaría percibiendo el 70 % de su salario. No obstante, existen topes máximos y mínimos que dependerá de tu situación personal:
Por otro lado, en relación con los pagos máximos:
ERTE son las siglas del Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Es una de las joyas de la corona de la reforma laboral de 2012 y consiste en una autorización a una empresa, por parte del gobierno, que le permite prescindir de los servicios de un trabajador de forma temporal.
La empresa puede solicitar un ERTE por uno o varios de los siguientes motivos:
El ERE es el Expediente de Regulación de Empleo y es la salida legal que recoge nuestra legislación para que una empresa en una mala situación económica pueda suspender o despedir a sus trabajadores.
El ERTE, por un lado, puede aplicarse a cualquier empresa que se encuentre en alguna situación de las anteriormente señaladas. Sin embargo, el ERE afecta a las siguientes empresas:
Por otro lado, los ERTE están pensados para momentos de crisis temporales y se estipula que aquellos trabajadores suspendidos volverán a incorporarse a la empresa cuando la situación de esta vuelva a mejorar. En este caso, no se pagará ningún tipo de indemnización. Sin embargo, en los ERE, existen indemnizaciones de veinte días por año de antigüedad hasta un máximo de 12 meses.
Los ERTE han sido la solución de las empresas en los tiempos del coronavirus para poder prescindir del salario de sus trabajadores y evitar el cierre definitivo de la actividad. Por ello, el trabajador recibirá el 70 % de su base reguladora durante todo el tiempo que dure su ERTE.
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