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¿Se puede desgravar el seguro de vida en la declaración de la renta?

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22 de noviembre de 2021

Recién abierto el plazo de la campaña de la Renta 2021/22, a todos los ciudadanos nos entran las dudas sobre qué gastos permite Hacienda que nos deduzcamos en nuestra declaración. Vamos a entrar en detalle sobre los pormenores de la desgravación fiscal de los seguros de vida, analizando sus cantidades máximas y los casos en los que tal deducción es legalmente aplicable.

¿Qué modalidades de seguro de vida son fiscalmente deducibles?

Estas son las modalidades de seguros de vida que se pueden desgravar en la declaración de la renta. Más adelante, entraremos en detalle de cada una de ellas:

  • Seguros de vida ligados a la hipoteca.
  • Seguros de vida vinculados a un plan de ahorro.
  • Seguros de vida convencionales (trabajadores autónomos).

El seguro de vida ligado a la hipoteca

Sí, el seguro de vida se puede desgravar en el IRPF si está vinculado a un préstamo hipotecario: ambos conceptos forman parte de la deducción por compra de vivienda habitual, siempre y cuando la hipoteca se haya suscrito antes del 1 de enero de 2013.

Según las normas tributarias, podrías deducirte un 15% de lo que hayas pagado durante el año fiscal en concepto de adquisición de la vivienda, con un techo de 9.040 euros anuales.

Tanto el seguro de vida como el seguro del hogar se consideran gastos relacionados con este concepto, siempre y cuando estén vinculados a un préstamo hipotecario: hay que señalar que estos conceptos son fiscalmente deducibles si su contratación se realizó junto con la firma de la hipoteca.

Veamos estos números con un ejemplo de deducción de seguros en la declaración de la renta:

He pagado durante 2021 un total de 7000 euros por las cuotas de mi préstamo hipotecario, 400 euros por mi seguro de vida, y 200 euros por mi seguro de hogar. ¿Qué cantidad puedo deducirme en la declaración de la renta?

La suma de las cuotas de la hipoteca y de los seguros es 7000 + 400 + 200 = 7600 euros; esta cantidad es la que puedes justificar a Hacienda como pagada en concepto de adquisición de la vivienda habitual. Por lo tanto, te podrías desgravar el 15 % de esta cantidad:

7600 x 15 % = 1140 euros.

Los seguros vinculados a planes de ahorro

También son desgravables fiscalmente los PPA (Planes de Previsión Asegurados), que funcionan análogamente a los planes de pensiones, y son deducibles independientemente de si están ligados a una hipoteca o no.

De este modo, te podrás deducir una cantidad máxima de 8000 euros por el dinero que hayas invertido en los PPA: para realizar un cálculo aproximado de lo que te deducirías, necesitas saber a cuánto asciende tu base imponible, y saber de antemano la cantidad máxima que podrás desgravarte.

Los seguros de vida de los autónomos

Si eres autónomo (trabajador por cuenta propia), podrás reducir hasta 500 euros la base imponible de tu declaración deduciéndote las primas del seguro de vida, concretamente en sus coberturas de fallecimiento, incapacidad total e invalidez permanente (incluyéndose el seguro de salud en este cómputo).

En este caso, no importa si el seguro de vida está o no vinculado a una hipoteca o a un plan de ahorro.

¿Hay alguna condición para desgravarme el seguro de vida?

Para poder desgravarte el seguro de vida en tu declaración de la renta, tanto el tomador como el beneficiario del seguro deben ser la misma persona: la compañía aseguradora debería emitir un certificado a tu ruego que justifique esta condición de cara a Hacienda.

En caso de que el tomador y el beneficiario del seguro no sean la misma persona, esta información deberá ser reflejada en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y no podrá ser consignada en el IRPF.

¿Cómo declaro en el IRPF si he cobrado algo por mi seguro de vida durante el año?

Si has percibido ingresos por parte de tu aseguradora en forma de rentas, tendrás que diferenciar si se trata de una renta vitalicia o temporal: si se tratase de una renta vitalicia, los ingresos se repartirían durante los diez primeros años del cobro, y si se tratase de una renta temporal, se aplicarían los siguientes porcentajes a cada anualidad (en función de la duración de la renta):

  • 5 años o menos: 12 %.
  • Entre 5 y 10 años: 15 %.
  • Entre 10 y 15 años: 20 %.
  • Más de 15 años: 25 %.

Si los ingresos se cobran en forma de capital, tributarás un porcentaje por la diferencia entre las primas pagadas y el importe percibido:

  • Inferior a 6000 euros: 21%.
  • Entre 6000 y 24 000 euros: 25 %.
  • Más de 24 000 euros: 27 %.

La norma general es que las primas satisfechas por los seguros de vida pueden ser deducibles en la declaración del IRPF, pero, como has podido comprobar, no lo son bajo cualquier condición. Si tu seguro de vida está ligado a una hipoteca firmada antes del final de 2012, ten por seguro que tendrás derecho a deducciones fiscales en tu declaración.