Consideramos un despido nulo cuando la decisión del empresario a la hora de rescindir el contrato de algún trabajador vulnera sus derechos fundamentales o los discrimina, siendo algo totalmente ilegal bajo la legislación española. No se debe confundir con el despido improcedente, ya que son dos situaciones diferentes en las que se dan condiciones distintas, pudiendo variar el resultado final.
Hablamos de despido nulo en los casos donde se den causas graves que hayan terminado siendo motivo principal del mismo. El ordenamiento actual nos indica varios casos en los que un despido se considera nulo:
Los despidos nulos vienen regulados por el artículo 113 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en la que se nos indica que, en un despido nulo, la empresa se verá obligada a readmitir inmediatamente al trabajador en la empresa, abonando todos los salarios que este haya dejado de percibir durante el tiempo que estuvo fuera de la empresa. Además, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores también hace mención a las consecuencias de un despido considerado nulo, señalando que la readmisión del trabajador debe ser inmediata.
Esto quiere decir que, desde el momento en el que un juez determine un despido como nulo, el empresario se verá en la obligación de readmitir inmediatamente al trabajador en la empresa. Además, como se mencionaba anteriormente, tendrá que pagarle los salarios que este dejó de percibir durante el tiempo que duró la reclamación, algo que se conoce como salarios de tramitación. En un caso donde la sentencia sea recurrida por parte del empresario, esta se ejecutará provisionalmente, y el trabajador seguirá trabajando en la compañía mientras se soluciona el trámite.
Cuando se produzca un despido nulo, lo primero que puede hacer el trabajador es presentar la papeleta de conciliación, pero dadas las circunstancias de este tipo de despidos, tiene la opción de acudir directamente a la vía judicial, a poner una demanda laboral frente al Juzgado de lo Social de la provincia en la que reside. Durante el procedimiento en cuestión, el afectado tendrá que probar que el empresario violó los derechos o libertades fundamentales, y este último tendrá que demostrar que su actuación fue legal en todo momento.
En el ámbito laboral de la cuestión, el trabajador no tiene derecho a indemnizaciones cuando el despido se considera nulo. Sin embargo, si por consecuencia de este despido se produce algún tipo de daño o perjuicio, existe la posibilidad de reclamar una indemnización a través de la responsabilidad civil, en situaciones como las siguientes:
En ambas situaciones, habrá que acudir a la vía civil, a través de un abogado experto y especializado en el tema, para tratar de conseguir una indemnización por los graves problemas derivados del despido nulo.
El despido nulo ocurre cuando la causa real del despido es ilegal, y se considere discriminatoria, o bien viole los derechos fundamentales y/o libertades públicas del trabajador afectado. Por otro lado, el despido improcedente tiene un carácter menos grave, y se produce cuando la empresa no tiene un motivo justificado para el despido, o bien no cumple los requisitos formales para hacerlo (por ejemplo, despidos verbales sin comunicación escrita). En caso de que el despido se termine calificando como improcedente, es el empresario el que decide si paga una indemnización o reincorpora a la persona a la compañía.
Si un despido termina considerándose nulo, nos encontramos frente a una situación grave en la que el trabajador tendrá que ser readmitido inmediatamente a la empresa, percibirá los salarios que le corresponden y, en casos determinados, podría recibir una indemnización por vía civil.
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