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Más formas de retribuir a los empleados además del salario

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25 de noviembre de 2019

Aunque, como decían en la película Cabaret “el dinero hace girar al mundo”, al final el dinero no lo es todo: el trabajo es una parte importantísima de nuestra vida y claro que lo hacemos para que nos paguen pero eso, normalmente, no es suficiente.

Las retribuciones salariales

En España el trabajador de una empresa tiene derecho a cobrar un salario mensual, que se determina, normalmente, por el tiempo que dedica al trabajo aunque, en algunos casos, se permite que se haga por la producción que hace (unidad de obra o destajo). Este salario junto con las pagas extraordinarias y la retribución de las horas extra está taxativamente regulado por el convenio colectivo que le sea aplicable, de manera que la empresa deberá pagarle, como mínimo, el sueldo fijado por el convenio y podrá pagarle más mejorando este mínimo.

El salario se compone de un salario base y unos complementos salariales que fijan, también, los convenios según circunstancias del propio trabajador, de la empresa o del tipo de trabajo (nocturnidad, transporte, productividad, etc.); existen también retribuciones extrasalariales que son pagos que hace la empresa al trabajador por gastos que éste ha asumido en su trabajo y que, por tanto, no son ingresos para el trabajador sino compensaciones por pagos que ha realizado.

Todo lo dicho hasta aquí es intocable, las posibles mejoras, ventajas u otras retribuciones que la empresa haga al trabajador serán siempre además del salario previsto y no pueden sustituirlo.

Sin embargo se permite que una parte del salario se pague en especie en forma de comedores de empresa, ropa, alojamiento, guarderías, etc. Dentro de los límites legalmente previstos estos beneficios si podrán formar parte de este salario mínimo aplicable.

Las condiciones de trabajo

La primera cosa en la que pensamos si estamos considerando cómo la empresa puede retribuir a su trabajador además del salario son estas condiciones de trabajo.

Cada trabajador es un mundo y la misma persona puede, en diferentes momentos de su vida profesional, tener intereses diferentes; la idea es que el trabajo se adapte lo mejor posible a los intereses y necesidades del trabajador.

Puede ser que el trabajador esté centrado principalmente en su progreso profesional y le interese, de manera especial, el acceso a la formación laboral y las perspectivas de ascensos y mejoras en su actividad.

Puede que, en lugar de lo anterior, tenga que cuidar a su familia y su interés primordial sea una mayor flexibilidad de horarios para la conciliación de su vida personal y familiar.

En determinados tipos de actividad puede ser, también, importante que el trabajador comparta los valores y fines de la empresa y se comprometa más personalmente con lo que está haciendo.

En todos los casos el tipo y puesto de trabajo debería ser el mejor para lo que desea y necesita el trabajador, como hemos dicho, y para la empresa es una idea buena e inteligente intentar conseguir este bienestar personal de sus trabajadores porque va a obtener muchos mejores rendimientos. 

Cobertura y asistencia de necesidades personales del trabajador

Otra forma de retribuir al trabajador es facilitándole la vida, ocupándose de sus necesidades personales.

Podemos empezar por la acomodación de condiciones y horarios, que en parte es de lo que hemos hablado en el punto anterior, intentando facilitarle la vida al trabajador; por ejemplo, en la jornada partida si el trabajador vive lejos de su centro de trabajo y le dan dos horas para comer, no puede en muchos casos ir a su casa y volver y tiene que comer fuera, para solucionar esto se puede intentar disminuir ese tiempo de comida o, incluso, habilitar espacios acondicionados con microondas, neveras y demás infraestructuras para que el trabajador pueda llevar la comida de su casa, como hemos dicho es solo un ejemplo.

Además de la conciliación de la vida personal y laboral, de la que también hemos hablado, la empresa puede intentar solucionar problemas concretos; otro ejemplo, la empresa puede tener en su propia infraestructura o contratar fuera guarderías para los trabajadores con hijos pequeños que no van todavía al colegio y necesitan este servicio para poder ocuparse del trabajo. Este servicio si se consideraría como una retribución en especie del trabajador y, por tanto, su valor económico formaría parte del salario.

Seguros y servicios complementarios como coberturas médicas adicionales a las prestaciones sanitarias universales que ya existen en España como seguros médicos privados, seguros dentales o similar. También se consideraría retribución en especie.

Es un deber de la empresa y un derecho del trabajador acceder a la formación continua, el hacer una buena programación de esta formación y que le sea útil a la mejora profesional del trabajador puede ser muy retributivo para él.

Participación en beneficios

Un último punto donde la empresa puede hacer retribuciones adicionales al trabajador es hacerle participar en los rendimientos positivos del negocio.

Y ello más allá de lo que prevén algunos convenios colectivos que prevén una paga extra más que depende de la existencia de estos beneficios para su existencia y su cálculo.

Si tenemos un trabajador que produce bien y que aporta valor a la empresa hacerle retribuciones especiales para que participe en los buenos resultados de la empresa puede ser una buena manera de retribuir talento y de reconocer la buena labor de ese trabajador ya que esto no sería sólo dinero sino, también respeto.

Por supuesto, si el trabajador llega a producir una invención patentable que se registre a nombre de la empresa, deberá retribuir a dicho trabajador en los términos que prevé para ello la legislación de patentes.

Únicamente debemos tener cuidado para que este tipo de retribución adicional no produzca ningún tipo de discriminación con otros trabajadores y, si se llega a dar, que quede claro que está ligada a la producción porque, si no, podemos tener problemas.