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Reclamar el bonus o complemento variable a la empresa

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23 de enero de 2023

Es algo bastante habitual en el mercado laboral que el salario de algunos empleados esté compuesto de una parte fija y otra variable, que fluctúa en función de cuestiones como la productividad. Veamos qué puede hacer el trabajador que tiene derecho a recibir el complemento variable y no lo ha cobrado.

¿Qué es el complemento variable?

La retribución variable implica que el trabajador recibirá una prestación que estará sujeta al cumplimiento de unos determinados resultados. Puede tratarse de una productividad que se le exige al empleado de forma individual, o de una meta establecida para toda la empresa.

Por ejemplo, se puede establecer el reparto de un bonus entre todos los empleados si se consiguen superar en un 5 % los beneficios del año anterior. O se le puede ofrecer un plus de productividad a un empleado del departamento comercial si, a lo largo del año, cierra un 10 % más de operaciones que en el año anterior.

En todo caso, lo que se busca es recompensar a una persona por su rendimiento o por la buena marcha de la empresa, aumentando con ello la motivación de los empleados.

Los complementos variables suelen venir establecidos en el Convenio Colectivo aplicable. Con posibilidad para las empresas de hacer un descuelgue de esta cláusula si hay razones que lo justifiquen. Pero también puede pactarse en el contrato de trabajo, o incluso puede aplicarlo el empleador por propia voluntad.

En cualquier caso, es imprescindible que el trabajador tenga claro qué es exactamente lo que da derecho a cobrar ese plus y cómo se va a acreditar el cumplimiento de los requisitos. La empresa es la responsable de hacer el seguimiento y controlar el cumplimiento de los objetivos.

Por lo que se refiere al momento de cobro, lo habitual es que se devengue al finalizar el primer trimestre del año (en el mes de marzo). Una vez comprobados los resultados de la empresa en el ejercicio económico anterior. Pero ¿qué ocurre si el trabajador no lo cobra? Aquí pueden darse varias situaciones.

Complemento recogido en un Convenio Colectivo

Si el pago del complemento variable viene impuesto por un Convenio Colectivo, la empresa tiene la obligación de abonarlo. Salvo que haya realizado un descuelgue salarial de dicha norma, circunstancia que es temporal y extraordinaria.

En caso de que la empresa no pague el complemento y no haya habido descuelgue del salario, lo que pueden hacer los empleados afectados es presentar una reclamación de cantidad. Siguiendo las directrices en cuanto a plazos previstas en el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.

Los interesados tienen un plazo de un año para reclamar legalmente las cantidades adeudadas y no pagadas. A contar desde el día siguiente a aquel en el que debería haberse hecho el abono.

Complemento que no está recogido en el Convenio Colectivo

Si el establecimiento de la retribución variable ha sido decidido por el empleador, la empresa puede retirar el plus de beneficios o de productividad, pero no puede hacerlo libremente.

Debe abordar el proceso como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y, como tal, la decisión debe estar justificada por razones técnicas, económicas, organizativas o de producción.

En caso de que un trabajador no esté de acuerdo con la decisión empresarial, tiene un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de notificación del cambio en las condiciones de trabajo, para reclamar frente a ella. En estos casos no hace falta presentar papeleta de conciliación, se presenta directamente la demanda.

Si, además, el cambio en las condiciones de trabajo causa un importante perjuicio al trabajador, este puede solicitar la extinción de la relación laboral, con derecho a una indemnización de 20 días por año de trabajo hasta un máximo de 9 mensualidades, y derecho a percibir la prestación por desempleo si ha cotizado lo suficiente para ello.

Incluso en el caso de que los trabajadores acepten la supresión del complemento, esta nunca puede ser retroactiva. Es decir, si el empleador debe abonar ahora el bonus del año anterior, no cabe la posibilidad de que decida ahora no pagarlo. Puede eliminar el plus, pero su decisión surtiría efectos de cara al del año en curso.

Reclamación del bonus en los casos de despido

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, cuando un empleado es despedido, tiene derecho a recibir la cantidad correspondiente de la retribución variable, siempre y cuando se hubieran cumplido los objetivos fijados a fecha de la baja en la empresa.

El afectado puede solicitar que la cantidad correspondiente al bonus se le abone dentro de su finiquito o, en su defecto, puede reclamar esa cantidad dentro del plazo de un año.

Reclamación del bonus en el caso de baja voluntaria

La sentencia del Tribunal Supremo de 22 de octubre de 2020 señala que quien ha cursado baja voluntaria en una empresa antes del 31 de diciembre no tiene derecho a cobrar ni el bonus de productividad ni la parte proporcional del mismo. Por haber sido el trabajador quien ha incumplido el compromiso de prestación de servicios suscrito.

En los casos de baja no voluntaria (despido, jubilación, etc.), sí se abona el bonus para que no haya un enriquecimiento injusto de la empresa.

Todo esto nos lleva a la conclusión de que, en la mayoría de los casos, es posible reclamar el abono del complemento salarial variable, pero es importante hacerlo pronto para evitar la prescripción del derecho.