A finales del año 2020, entró en vigor el uso del Modelo 322 para presentar el Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA dirigido a cada una de las entidades que forman parte de un grupo de entidades.
El modelo 322 es un documento a través del cual se presenta ante la Agencia Tributaria la autoliquidación mensual e individual sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA.
Este modelo sirve para lo siguiente:
Este modelo podrán presentarlo aquellos considerados como sujeto pasivo del IVA. Esto es: aquellos que estén obligados a tributar por IVA de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre que formen parte de un grupo de entidades. Así pues, se deberá tener en cuenta quiénes deben tributar por este impuesto según el artículo 163 quinquies de la citada Ley.
En este sentido, es importante aclarar qué es considerado como grupo de entidades: aquel grupo que está constituido por una entidad dominante y varias entidades dependientes de la primera. Además, el Modelo 322 podrá ser presentado por el propio sujeto pasivo o bien por una tercera persona que actúe en su representación.
En definitiva, el Modelo 322 deberá ser presentado por todas aquellas empresas que formen parte de un grupo de entidades que esté obligado a tributar por IVA.
Para tributar por IVA cuando se forme parte de un grupo de entidades, se deberá presentar el Modelo 322. Ahora bien, ¿cuándo se ha de presentar este formulario?
La presentación del Modelo 322 se deberá llevar a cabo dentro de los 30 días naturales del mes siguiente al que corresponda el periodo de liquidación mensual. Esto significa que, si la liquidación corresponde al mes de abril, el contribuyente deberá presentar el Modelo 322 durante el mes de mayo.
No obstante, no se debe perder de vista que el Modelo 322 está estrechamente relacionado con el Modelo 353, documento habilitado por la Agencia Tributaria para la autoliquidación del IVA que deberá ser presentado por la entidad dominante del grupo de entidades.
El Modelo 322 consta de cuatro secciones diferentes. Son las siguientes.
En esta sección la entidad tendrá que indicar su Número de Identificación Fiscal y la denominación social de la entidad, así como el número de grupo de entidades. Además, es fundamental que se indique si la entidad contribuyente es la entidad dominante o si, por el contrario, pertenece a las entidades dependientes de la primera.
Por otro lado, se deberá indicar el devengo del IVA, es decir, el ejercicio al que se refiere la declaración y el periodo de la declaración.
En esta sección se hace referencia al IVA Devengado y el IVA Deducible.
En estas secciones, la entidad deberá marcar con una X cuando esté continuando con alguna declaración, así como colocar en la casilla que lo indique los dígitos del Código Electrónico que codifican la autoliquidación anterior. En caso contrario, se deberá marcar con una X la casilla de "Sin actividad".
No se ha de olvidar que el Modelo 322 solo se podrá presentar vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y que, al finalizar con el trámite, aparecerán en pantalla los datos del formulario correctamente validados. Asimismo, aparecerá un código electrónico que consta de 16 caracteres y se señalará la fecha y la hora en que se ha llevado a cabo la presentación del Modelo 322.
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