En términos generales, el libro de registro de bienes de inversión se trata de un libro contable de carácter obligatorio para las empresas que tengan que practicar una regularización de las deducciones por bienes de inversión, recogiendo la adquisición de bienes de inversión, las regularizaciones y las entregas de bienes durante dicho período.
Es importante aclarar qué es un bien de inversión para poder entender la función del libro de registro de dichos bienes. Un bien de inversión es aquel que hemos comprado y que no pretendemos consumir en un ejercicio, sino que los adquirimos para ser utilizados en más de un año (por ejemplo, un ordenador o un local) y cuya función está relacionada con los medios de explotación o los instrumentos de trabajo.
Dichos bienes deben ser amortizados a lo largo de toda su vida útil, según las directrices de la Agencia Tributaria, por lo que debemos llevar al día el libro de registro de bienes de inversión como parte de los documentos de facturación.
El libro de registro de bienes de inversión será recogido por los sujetos pasivos que deban practicar una regularización de las deducciones por bienes de inversión. Los puntos que deben ser registrados son:
Cuando se entreguen bienes de inversión durante el período designado a la regularización, se tendrán que dar de baja del libro de registro aquellos bienes correspondientes, anotando debidamente la referencia al asiento del libro de registro de las facturas emitidas que recoge esta entrega, así como también la regularización de la deducción que se efectúe con motivo de la misma. En caso de haber rectificaciones, que solo se realizarán cuando se produzcan errores materiales al efectuarse, se anotarán también en el libro de registro junto a la anotación del bien al que se refieran, siempre y cuando afecten a la regularización de las deducciones por adquisiciones de dichos bienes de inversión.
Tendremos que tener en cuenta que para cada año de vida del bien de inversión debemos anotar la base de amortización, la cuota de la amortización, la amortización que se ha practicado, así como la amortización acumulada (esto es la suma de las amortizaciones de todos los años en los que lleva en funcionamiento el bien) y el valor pendiente, que es la diferencia entre el valor inicial y la amortización que se haya acumulado hasta la fecha.
Existen dos tipos de libros de bienes de inversión: el libro de IRPF y el libro de IVA, que pasamos a detallar a continuación.
En el libro de registro de bienes de inversión de IRPF se registrarán, de manera individualizada y detallada, todos y cada uno de los elementos de inmovilizado material e inmaterial que se amortizan, que sean debidamente afectos a la actividad empresarial, expresando de manera clara el número de anotación, el valor de adquisición, la fecha de puesta en funcionamiento así como las cuotas de amortización cuando estas existan, además de la baja y fecha de la baja.
Todo el conjunto de fichas de amortización de los diversos elementos de bienes inmovilizados que posea la empresa formará lo que conocemos como libro de registro de bienes de inversión. Debemos incluir asimismo el proveedor, la duración en años prevista, la fecha exacta del inicio de amortización de cada bien, el valor inicial, el valor residual y el valor que se deba amortizar.
El libro de registro de bienes de IVA tendrá que ser llevado por parte de todos los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Añadido (IVA) que deban practicar la regularización de las deducciones por bienes de inversión, tal y como lo recogen los artículos de 107 a 110 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA).
En este libro deben registrarse de manera individualizada cada bien de inversión, identificando de forma precisa todas las facturas y documentos de Aduanas, así como la fecha de comienzo de utilización, la prorrata anual definitiva y la regularización anual de las deducciones, en caso de que así proceda.
Por tanto, se trata de un trámite a realizar por los empresarios de cara a documentar la adquisición de bienes de inversión, sus deducciones y regularizaciones, que puede ser recogido en el libro del IRPF y en el libro del IVA.
Suscríbete para recibir la newsletter mensual directamente en tu email.
Software DELSOL se compromete con la privacidad de tus datos.
Te explicamos de manera resumida cómo trataremos tus datos personales.
¿Quién es el Responsable del tratamiento de tus datos?
Software del Sol, S.A., con NIF número A-11682879 y domicilio en Geolit, P. Tecnológico. C/ Las Villas 9. 23620. Mengíbar (Jaén). Dirección de correo electrónico: info@sdelsol.com.
¿Con qué finalidad tratamos tus datos personales?
Tratamos la información que nos facilitas con el fin de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono). Tranquilo, no te abrumaremos con demasiada información.
¿Por cuánto tiempo conservamos tus datos?
Los datos personales que nos proporciones se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o no solicites la supresión de los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
La base legal para el tratamiento de tus datos está basada en el consentimiento que te solicitamos al recabar esos datos y/o en la necesidad de contar con los mismos para procesar tus pedidos y cumplir con los compromisos que adquirimos contigo por contrato.
¿Comunicaremos tus datos a terceros?
No, a menos que la ley nos obligue.
¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
Tienes derecho a obtener confirmación sobre si en Software del Sol, S.A. estamos tratando tus datos personales, por tanto, tienes derecho a acceder a tus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Si quieres conocer con más detalle cómo tratamos tus datos consulta nuestra Política de Privacidad.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00