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Reembolso del IVA para ciudadanos extracomunitarios

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24 de abril de 2019

Los turistas procedentes de países de fuera de la Unión Europea y los residentes en Canarias, Ceuta y Melilla tienen derecho a la devolución del IVA de las compras que realicen en territorio español.

Esta posibilidad de devolución de IVA a los visitantes de fuera existe en la mayoría de los países, sobre todo en aquellos que el turismo es una parte importante de su economía .

Para los ciudadanos de la UE no existe este procedimiento porque se considera que vivimos en un espacio económico común; existe para las empresas europeas un procedimiento de recuperación del IVA soportado intracomunitario y otras formas, como la exención de IVA entre países de la UE cuando el emisor y receptor de la factura están inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

En España el procedimiento para devolver el IVA es totalmente digital, se hace por el sistema DIVA creado por la AEAT .

Requisitos para pedir la devolución de IVA

  • Para poder hacerlo, estas compras deben ser de consumo ; no se puede pedir la devolución de IVA en compras que se hagan con fines comerciales. Que sean bienes de consumo se refiere a que hablamos de compras ocasionales de bienes de uso personal o para regalos. No se puede recuperar el IVA de bienes que no puedan ser exportables como alimentos, restaurantes, espectáculos, establecimientos hoteleros. Para poder deducir este IVA la factura de compra en la tienda debe ser por importe superior a 90,15€ impuestos incluidos, si es menos no se puede recuperar el IVA (incluso aunque la tienda fuera directamente Tax free).
  • Un segundo requisito es que los beneficiarios deben abandonar el territorio de la UE dentro de los tres meses siguientes a la compra como mucho. Con esto se evita que residentes extranjeros que pasan una larga temporada en España, por ejemplo de un año o más, puedan beneficiarse de esta devolución.
  • Y, por último, el requisito que ya hemos expuesto al principio: deben ser ciudadanos residentes en un país extracomunitario o en Canarias, Ceuta o Melilla.

Cómo hacerlo

  1. Al realizar la compra de la que vamos a pedir la devolución de IVA la pagaremos incluyendo el IVA y debemos solicitar al vendedor que, además de la factura , nos entregue el formulario electrónico tax free que, en España, se llama Documento Electrónico de Reembolso o por sus iniciales DERAl solicitarlo, en la tienda, deberemos dar nuestros datos identificativos: nombre y apellidos, fecha de nacimiento y número de nuestro documento identificativo (normalmente el número de pasaporte).
  2. Al abandonar el territorio UE, en el Aeropuerto debemos validar electrónicamente los documentos electrónicos de reembolso Debe quedar claro que esta operación deberemos hacerla cuando salgamos del territorio de la Unión Europea: si salimos de España con destino a otro país de la UE no podemos realizar la validación en el aeropuerto español, deberemos hacerlo, después, en el último aeropuerto de la UE en el que estemos para viajar a otro país fuera del territorio europeo. Esta validación se realizará siempre antes de facturar el equipaje. Se hace en los kioscos existentes en el aeropuerto para ello o en las oficinas de sellado de tax free.
  3. La documentación que debemos aportar al hacer la validación será la siguiente:
    1. Nuestro pasaporte
    2. La tarjeta de embarque o, si no, un documento de la compañía aérea donde figure nuestra ruta de viaje.
    3. Los bienes por los que se solicita la devolución: si no los tenemos físicamente en el momento de validar tal devolución no podremos hacerlo. La validación es un proceso digital en la que no se nos entrega ningún documento físico pero si se nos facilita (en el DER) un Código Seguro de Verificación (CSV) a través del cual podemos comprobar y consultar el estado de su tramitación en el sitio web de la AET.
    4. Hecha esta validación ya podemos solicitar la devolución del dinero en las tiendas de tax free de la zona de embarque del aeropuerto (donde deberemos pagar una comisión ) o en la propia tienda donde hicimos la compra . Para solicitar la devolución a la tienda donde hicimos la compra deberemos enviarle la factura sellada o, también valdría, la indicación del formulario DER. Si no hemos solicitado en la tienda el formulario DER podemos tramitarlo ante el personal de la Aduana donde, una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos, nos pueden sellar la factura manualmente.