La situación de baja temporal del trabajo por enfermedad, llamada IT (Incapacidad Transitoria) está regulada por las normas generales sobre prestaciones de la Seguridad Social y, en concreto, por el RD 625/2014, de 18 de julio.
Es una prestación que da la Seguridad Social al trabajador cuando está enfermo y es también la situación del trabajador que por enfermedad o accidente no puede acudir a prestar sus servicios a su empresa.
En este caso el trabajador sigue cobrando su salario de la empresa, con su nómina como siempre, pero dicha empresa no es quién “pone el dinero” sino que la nómina que le paga al trabajador la recupera de la Seguridad Social.
Para que el trabajador esté en situación de IT (como acabamos de explicar) es necesario que le de la baja médica emitida por el médico del Servicio Público de Salud o, en caso de accidente profesional, por el médico de la mutua de accidentes a que esté adherida la empresa (o el trabajador autónomo).
La situación de IT es, como dice su mismo nombre, temporal y tiene una duración máxima de 365 días que pueden ser ampliados hasta 180 días más si se considera que el trabajador puede curarse en ese plazo.
Si no puede curarse en ese tiempo deberá solicitar el reconocimiento de una Incapacidad Permanente.
Como acabamos de ver, la baja por enfermedad tiene una duración máxima.
Si un trabajador es dado de alta por el médico y, en fechas posteriores, es dado de baja médica nuevamente esto puede ser o no una recaída. En cualquier caso va a seguir cobrando la baja pero la diferencia de si es una recaída o no es importante.
Si es una recaída se cuenta todo el tiempo de la primera baja para calcular el plazo máximo de la IT del que hablamos en el punto anterior, por lo que puede estar limitada en el tiempo. Si no lo es empieza a contar dicho plazo desde la nueva baja.
¿Cuando es recaída?: cuando el trabajador es dado de alta por el médico y vuelve a ser dado de baja por la misma enfermedad en un plazo de 180 días posteriores al alta.
Si la nueva baja es por una enfermedad o accidente diferentes no será una recaída.
Si la nueva baja es por la misma enfermedad pero se produce después de pasados esos 180 días desde el alta tampoco es una recaída y el plazo para cobrar la IT volverá a contar desde el principio.
El trabajador que ha solicitado la Incapacidad Permanente y se la han denegado y transcurre el plazo máximo para seguir en IT y se reincorpora al trabajo puede ser dado de baja otra vez, incluso el día de su reincorporación, siempre que sea por una enfermedad o accidentes diferentes de la anterior baja o bien que sea por la misma enfermedad pero producida en fecha posterior a la denegación de la baja permanente.
Suscríbete para recibir la newsletter mensual directamente en tu email.
Software DELSOL se compromete con la privacidad de tus datos.
Te explicamos de manera resumida cómo trataremos tus datos personales.
¿Quién es el Responsable del tratamiento de tus datos?
Software del Sol, S.A., con NIF número A-11682879 y domicilio en Geolit, P. Tecnológico. C/ Las Villas 9. 23620. Mengíbar (Jaén). Dirección de correo electrónico: info@sdelsol.com.
¿Con qué finalidad tratamos tus datos personales?
Tratamos la información que nos facilitas con el fin de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono). Tranquilo, no te abrumaremos con demasiada información.
¿Por cuánto tiempo conservamos tus datos?
Los datos personales que nos proporciones se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o no solicites la supresión de los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
La base legal para el tratamiento de tus datos está basada en el consentimiento que te solicitamos al recabar esos datos y/o en la necesidad de contar con los mismos para procesar tus pedidos y cumplir con los compromisos que adquirimos contigo por contrato.
¿Comunicaremos tus datos a terceros?
No, a menos que la ley nos obligue.
¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
Tienes derecho a obtener confirmación sobre si en Software del Sol, S.A. estamos tratando tus datos personales, por tanto, tienes derecho a acceder a tus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Si quieres conocer con más detalle cómo tratamos tus datos consulta nuestra Política de Privacidad.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00