Registrar un nombre comercial en España ¿Cómo se hace?
Hasta el 31 de diciembre.
Igual que cada persona tiene una identidad propia, las empresas también deben tenerla, y para eso existe precisamente el nombre comercial. Dado que es uno de los datos de identificación de un negocio, es fundamental llevar a cabo su registro para que no haya otra empresa que pueda usar la misma denominación, evitando así que puedan surgir confusiones.
¿Qué es un nombre comercial?
Antes de profundizar en cómo se debe llevar a cabo el registro, es importante tener claro el concepto de nombre comercial, que muchas veces se llega a confundir con el de marca comercial, aunque no son lo mismo.
El nombre comercial es la denominación oficial de la empresa, con la que consta inscrita en el Registro Mercantil. Por su parte, la marca es un conjunto de palabras, signos o imágenes que ayudan a distinguir los productos de una empresa de los de otra. Por tanto, primero hay que registrar el nombre y luego se puede empezar a construir la marca.
Desde el punto de vista legal no es obligatorio hacer el registro ni de los nombres comerciales ni de las marcas, pero es algo muy recomendable.
¿Dónde se lleva a cabo el registro de los nombres comerciales?
La entidad competente es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), que ofrece protección con carácter territorial en España. Esto quiere decir que, una vez registrado el nombre de tu empresa, ninguna otra que opere en el territorio nacional podrá tener el mismo.
Existe una Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) que permite el registro de marcas y nombres comerciales con protección en todos los Estados miembros. Lo que no existe a día de hoy es un procedimiento con el que se pueda hacer un registro que sea válido en todos los países del mundo.
Paso a paso para conseguir el registro
Gestión online y pago de las tasas
Hoy en día la gestión puede hacerse de forma totalmente online a través de la web de la Oficina Española de Patentes y Marcas. La ventaja de hacerlo de forma digital es que se ahorra tiempo, pero también dinero, ya que se aplica un descuento del 15% en las tasas.
Al presentar la solicitud hay pagar también las tasas correspondientes. Después, ya no habrá que abonar nada más a lo largo del proceso. El pago se hace a través de cualquier oficina de La Caixa, pero si se dispone de certificado electrónico o DNI electrónico se puede hacer directamente a través de la web de la OEPM. Y también es posible hacer el pago con tarjeta de crédito o débito a través de una pasarela de pago segura.
Presentación del nombre comercial
En caso de que se vaya a usar un signo figurativo, un patrón, un holograma, etc. se debe acompañar la solicitud de un archivo en formato bmp, png, jpg, jpeg, tif o gif. Para presentar un nombre comercial sonoro hay que adjuntarlo en formato mp3, mientras que si es un signo de movimiento, holograma o multimedia, entonces hay que recurrir al formato mp4.
Tramitación de la solicitud
El trámite de registro del nombre comercial puede llegar a durar de seis a 12 meses. Durante la tramitación el solicitante será informado de cualquier cuestión que pueda ser de su interés.
Aunque la OEPM suele funcionar bien, es posible que agotado el plazo de 12 meses no se haya recibido respuesta a la solicitud ni se tenga conocimiento de cómo avanza el procedimiento. En este caso es aconsejable contactar directamente con el área de Información General.
Concesión o denegación del registro
La resolución que acuerda la concesión del registro del nombre comercial incluye una URL desde la que el interesado se puede descargar el título de registro una vez que hayan pasado un mínimo de 24 horas desde que se le haya notificado la resolución.
Si la resolución de la OEPM deniega la inscripción del nombre comercial, se abre entonces un plazo de un mes (a contar desde la fecha de publicación de la denegación el BOPI o Boletín Oficial de Propiedad Industrial) parar presentar un recurso de alzada.
Vigencia del registro
Una vez efectuado el registro, este tiene una validez temporal de 10 años a contar desde la fecha de solicitud, no desde la fecha de concesión. Si agotado el plazo el interesado quiere renovar el registro por otros 10 años, debe solicitarlo en los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento.
En caso de que el registro caduque, se puede proceder a la renovación en los seis meses siguientes, pero la tasa llevará un recargo del 25% si la solicitud se hace en los tres primeros meses de ese plazo, y del 50% si se hace en los tres siguientes.
Registrar un nombre comercial es un trámite sencillo que puede hacerse de forma totalmente online. Contar con un nombre protegido tiene múltiples ventajas, por lo que compensa dedicar algo de tiempo a hacer las gestiones ante la OEPM.