La bolsa de comercio sirve como vía de financiación para las empresas e instrumento de inversión para los ahorradores.
Participando en la bolsa las empresas consiguen ampliar sus recursos propios lo que les da mayor solidez financiera y reduce su endeudamiento con terceros.
Los socios, los accionistas de la sociedad que cotiza obtienen la posibilidad de conseguir una liquidez inmediata de su inversión en el momento que quieran vender sus títulos; esto puede ser una ventaja importante en casos como, por ejemplo, el de accionistas minoritarios que no compartan las políticas sociales.
Salir a bolsa tiene otras muchas ventajas como la valoración de las acciones en todo momento con criterios objetivos del mercado, mejora la imagen y el prestigio de la compañía, facilita la internacionalización del negocio y obliga a la empresa a mejorar su gestión económica.
La compraventa de acciones en bolsa se denomina mercado secundario (en el que los que venden son accionistas y no la propia entidad), siendo el mercado primario la venta de acciones de nueva creación mediante la fundación o ampliación de capital sucesiva.
La Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de valores, el RD 1310/2005, de 4 de noviembre, de desarrollo del RD Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, del Mercado de Valores, RD Legislativo 1/2010, de 2 de julio, Ley de Sociedades de Capital, Reglamento delegado (UE) Nº 486/2012, de la Comisión, de 30 de marzo de 2012 que modifica el Reglamento (CE) no 809/2004 sobre el formato y el contenido del folleto, del folleto de base, de la nota de síntesis y de las condiciones finales, en cuanto a los requisitos de información y la Circular nº 2/2016 sobre requisitos y procedimiento aplicable a la admisión de acciones, participaciones en fondos de inversión cotizados y Warrants en las Bolsas.
Aunque, en los puntos siguientes vamos a ver los procedimientos e intervinientes en la salida a bolsa de la empresa, queremos comenzar hablando de la existencia del Mercado Alternativo Bursátil o MaB.
Creado para facilitar la salida a bolsa de pequeñas empresas (sobre todo startups y empresas que comienzan su andadura) así como la participación de pequeños inversores; aplica una tarifa plana de 6.000€ más una comisión del 5 por mil sobre el capital.
Para salir a bolsa hay que cumplir unas condiciones mínimas:
Antes comenzar la gestión de salida a bolsa la empresa debe realizar una serie de análisis económicos y legales, llamados due diligence, para comprobar que cumple todos los requisitos y corregir lo que sea necesario.
Además, deberá modificar sus estatutos sociales para adaptarlas a los requisitos de las sociedades que cotizan.
Hecho esto, deberá hacerse un depósito de información previa en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante CNMV) que consistirá en todos los documentos acreditativos de que se cumplen las condiciones para acceder al mercado así como las cuentas anuales, auditadas, de los últimos tres años y un folleto informativo que deberá elaborarse al efecto.
Este documento debe recoger toda la información y datos sobre la empresa y los títulos que se van a ofrecer; su objetivo es que los inversores potenciales tengan información veraz y fiel del estado económico de esa posible inversión y puedan hacerse un juicio fundado sobre ella.
Al folleto se acompañará un anexo con toda la información adicional que sea necesaria.
Además de su depósito en la CNMV el folleto debe ser publicado en uno o más periódicos de gran difusión, en folletos disponibles al público en las oficinas de la empresa, en las de la bolsa y en las de las entidades financieras que colaboren y, en formato electrónico, en las páginas web de la empresa, de la bolsa y de la CNMV.
Para la venta de las acciones en este mercado secundario contaremos con la colaboración de un banco de inversión, una sociedad de valores y/o de entidades financieras.
Es una operación regulada por lo que deberemos ajustarnos a los requisitos y supervisión de la CNMV.
El precio de venta de los títulos deberá fijarse dentro de una horquilla de máximo y mínimo, teniendo en cuenta el público a que va destinado.
Según el origen de los títulos que se ofrece la operación puede ser de dos tipos:
Para que el público compre las acciones será necesario darlas a conocer a través de la publicidad de su salida a bolsa.
Esta publicidad está regulada y limitada por la Ley así que, aunque no es necesario que la apruebe previamente la CNMV, este organismo si ejercerá una tarea supervisora y podrá vetar y eliminar la gestión publicitaria que no se ajuste a la normativa.
Para que los títulos puedan empezar a operar deben ser admitidos por la propia bolsa.
Para que se produzca esta admisión deberá, la sociedad que pretende salir a bolsa, depositar en la bolsa la documentación legalmente prevista y que consiste en instancias, certificaciones de la Junta General y del Consejo y otros documentos notariales que justifican la adopción de los acuerdos necesarios y la situación patrimonial de la empresa.
El plazo de tramitación y aprobación por la Bolsa (en todos los trámites que hemos visto hasta ahora) suele durar entre cuatro y seis meses.
Salir a bolsa supone el pago de una serie de tasas y comisiones que van a cobrar los intermediarios financieros que participan, la CNMV, la bolsa, el Registro y vamos a tener que asumir otro tipo de gastos como los de publicidad y la contratación de asesores externos para realizar los análisis y gestiones necesarios.
Además, existen cuotas anuales para continuar en el mercado.
Suscríbete para recibir la newsletter mensual directamente en tu email.
Software DELSOL se compromete con la privacidad de tus datos.
Te explicamos de manera resumida cómo trataremos tus datos personales.
¿Quién es el Responsable del tratamiento de tus datos?
Software del Sol, S.A., con NIF número A-11682879 y domicilio en Geolit, P. Tecnológico. C/ Las Villas 9. 23620. Mengíbar (Jaén). Dirección de correo electrónico: info@sdelsol.com.
¿Con qué finalidad tratamos tus datos personales?
Tratamos la información que nos facilitas con el fin de enviarte información, promoción y publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono). Tranquilo, no te abrumaremos con demasiada información.
¿Por cuánto tiempo conservamos tus datos?
Los datos personales que nos proporciones se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o no solicites la supresión de los mismos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
La base legal para el tratamiento de tus datos está basada en el consentimiento que te solicitamos al recabar esos datos y/o en la necesidad de contar con los mismos para procesar tus pedidos y cumplir con los compromisos que adquirimos contigo por contrato.
¿Comunicaremos tus datos a terceros?
No, a menos que la ley nos obligue.
¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
Tienes derecho a obtener confirmación sobre si en Software del Sol, S.A. estamos tratando tus datos personales, por tanto, tienes derecho a acceder a tus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Si quieres conocer con más detalle cómo tratamos tus datos consulta nuestra Política de Privacidad.
Geolit, Parque Científico y Tecnológico
Edificio Software DELSOL · 23620
Mengíbar · Jaén
Centralita: 953 22 79 33
Comercial: 953 21 41 00