Según el Plan General de Contabilidad (en adelante PGC), el valor contable o en libros es:
“El importe neto por el que un activo o un pasivo se encuentra registrado en balance una vez deducida, en el caso de los activos, su amortización acumulada y cualquier corrección valorativa por deterioro acumulada que se haya registrado”.
Es decir, que el valor contable es el valor que figura atribuido a los elementos de nuestra contabilidad que, además, si son susceptibles de amortización será el que figura menos su amortización acumulada.
Una vez que damos de baja un elemento del patrimonio se produce, normalmente, una diferencia entre el valor neto contable y el valor de venta. Esta diferencia se computa como ganancia o pérdida según el precio de venta sea mayor o menor que el que figura en los libros..
Patrimonio contable: Es importante en casos como la reducción de capital o la disolución de empresas; también es un dato sobre la valoración mínima de la empresa con mira a permitir una distribución de beneficios.
La pregunta es: ¿Qué valor debemos asignar a los elementos que figuran en nuestra contabilidad?.
En todo caso el coste de renovación, ampliación o mejora del inmovilizado material se incorporará al valor del bien afectado si supone una mejora de su productividad o alargue su vida útil, y se deberá dar de baja el valor neto contable de los elementos que sean sustituidos por esto.
Lo mismo sucede con las reparaciones de los elementos, que verán aumentado así su valor contable.
En los casos en que el valor que figura en los libros de un elemento del activo sea inferior a su valor razonable (en los caso que procede su valoración según los mercados financieros) o al valor neto realizable (el valor de venta del bien computando los gastos de la venta) se produce una pérdida por deterioro por lo que deberemos corregir esta valoración imputando la diferencia de valor con cargo a una cuenta de gasto que, por lo tanto, afectará a nuestra cuenta de resultados.
En el mismo sentido si varían al alza, después de haber contabilizado el deterioro, los valores razonable o neto realizable deberemos proceder a la reversión del deterioro con abono a la cuenta de ingresos correspondiente.
En todo caso esta reversión no puede superar el valor neto contable original de los elementos a los que afecta.
Deterioro del fondo de comercio: Caso especial es que nos encontremos ante un deterioro de elementos que han dado lugar a la contabilización de un fondo de comercio.
En este caso el deterioro se atribuirá, en primer lugar, al fondo de comercio y, si no es suficiente para cubrir todo el deterioro, una vez liquidado el fondo de comercio se minorará el valor de otros elementos integrantes de dicha parte del activo
Esta reversión tendrá como límite el valor neto contable original.
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