Los ciudadanos españoles que tengan intención de circular en países fuera del acuerdo que mantiene nuestro gobierno tendrán que solicitar el llamado carnet de conducir internacional en las oficinas de la DGT. Vamos a ver qué es este permiso y cómo se obtiene.
Debemos saber que el gobierno español mantiene un acuerdo con muchos países para que nuestro carnet de conducir sea válido en sus tierras. Por ejemplo, un español puede conducir con su permiso habitual en todos los países de la UE y la EEE, además de otras naciones como Argentina, Brasil, Serbia, Colombia…
Sin embargo, si un ciudadano español quiere conducir en un país que no forma parte de este acuerdo, tendrá que obtener el llamado permiso o carnet internacional para conducir. En él, se registrarán nuestros datos en 8 idiomas, y será válido de forma temporal, concretamente durante un año completo desde que es expedido. Hay que mencionar que este permiso no es válido en todos los países del mundo, existen algunas excepciones (aunque pocas), como puede ser el caso de China. En concreto, los países con los que puedes circular presentando este permiso son los que hayan participado en el Convenio Internacional de Ginebra de 1949 (exceptuando España, aquí tendrás que circular con el carnet habitual).
El proceso para conseguir el carnet es muy sencillo y no tiene pérdida, pero debemos tener clara toda la documentación a cumplimentar y cómo hacer el procedimiento, simplemente para no perder mucho tiempo en Tráfico y hacerlo de manera óptima. A continuación veremos los pasos que hay que seguir, y aprovecharemos para explicar la documentación necesaria que tendrás que presentar a la hora de solicitar el documento.
Antes de solicitar una cita en la jefatura de Tráfico, es conveniente preparar toda la documentación necesaria para el trámite, además de cumplir los requisitos. Estos últimos son bastante simples y no tienen mucha complicación, basta con tener la mayoría de edad, el carnet de conducir y la documentación en vigor.
Ahora pasaremos a exponer la documentación que necesitarás para poder realizar el trámite en las oficinas de Tráfico:
Además de todos estos requisitos obligatorios, también tendrás que pagar una tasa correspondiente al trámite, la llamada IV.5. Esta se puede pagar de forma online en la web de la DGT, o bien abonarla de forma presencial una vez vayas a recoger tu carnet a las oficinas. Recordemos que Tráfico solo acepta pagos en metálico, por lo que recomendamos que, si es posible, hagas el pago de esta tasa de forma online.
Una vez hayamos preparado toda la documentación que necesitamos, tendremos que entrar a la web de la Dirección General de Tráfico para pedir nuestra cita previa. Haremos clic en el apartado “cita previa”, seleccionaremos nuestra jefatura provincial más cercana y elegiremos “trámites de oficina” en el tipo de trámite. Después, simplemente nos limitaremos a seleccionar el área “Conductores o vehículos”, escogeremos nuestra fecha y hora y rellenaremos nuestros datos personales.
El día que acudamos a nuestra cita en Tráfico, lo primero que tenemos que preparar es el ya mencionado impreso oficial de cuestiones varias, seleccionando el marco de “Solicitud de Permiso Internacional”. Con este impreso y el resto de la documentación solo tendremos que esperar nuestro turno y presentar todo el papeleo, que será verificado por el funcionario, el cual nos dará nuestro permiso de conducir internacional en pocos minutos. Cabe recordar que, si no hemos abonado aún la tasa IV.5, tendremos que hacerlo en el momento del trámite.
Este ha sido el sencillo proceso para adquirir el carnet de conducir internacional. Cabe recordar que este permiso es útil en aquellos países que no figuran en el acuerdo con España, y que además han firmado el Convenio Internacional de Ginebra de 1949.
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