El Modelo 036 es una declaración tributaria utilizada para comunicar a Hacienda los datos y situación del contribuyente que la presenta, en concreto altas, variación de datos y bajas en actividades económicas y en el censo de obligados a presentar las distintas declaraciones periódicas de impuestos como el IRPF, el IVA, las retenciones a terceros, etc.
En el caso de declaraciones de altas y bajas en el censo este Modelo 036 se puede sustituir por el Documento Único Electrónico (DUE) en los casos en que está autorizado por las normas; por ejemplo se puede tramitar la constitución de Sociedades Limitadas, comunidades de bienes, sociedades civiles, etc.
El Modelo 037 es una versión reducida y simplificada del 036; lo que podemos declarar en él es más limitado ya que no sirve para las grandes empresas, no puede presentarlo un representante, el domicilio fiscal debe ser el mismo que el de notificaciones, están limitados los regímenes especiales de IVA que podemos declarar en él, no se declaran relaciones intracomunitarias ni el registro de devolución mensual, no se realicen operaciones no sujetas ni ventas a distancia, que no estemos sometidos a impuestos especiales ni rendimientos de capital mobiliario.
Cómo se presenta: El Modelo 036 se presentará en impreso por ventanilla (previa descarga del impreso a través de aeat.es o en papel preimpreso facilitado por la Administración de Hacienda).
Se deberá presentar en papel cuando se trate de tramitar la obtención de NIF, ya que para la presentación por internet necesitamos el NIF.
También se presentará en impreso de papel la renuncia de las personas a un régimen de atribución de rentas o similar porque tienen que firmar todos.
O a través de internet, para presentarlo por internet necesitaremos:
Plazos de presentación: Son los siguientes:
En el caso de renuncia a regímenes especiales se deberá presentar durante el mes de diciembre anterior al comienzo del ejercicio, si no se presenta en dicho plazo se considerará prorrogado el régimen aplicable durante el año siguiente.
La propuesta de porcentaje de gastos previos a la actividad deducibles se presentará a la vez que la declaración de alta.
La opción de prorrata especial de IVA en el mismo plazo que la declaración periódica de IVA donde comience a aplicarse si es en inicio de actividades, en los demás casos en el plazo de la última declaración del año anterior.
La renuncia al régimen de módulos y al de directa simplificada de IRPF se presentará durante el mes de diciembre del año anterior..
En caso de fallecimiento del empresario o profesional sus herederos deben presentar en un plazo de seis meses la baja o la modificación de titularidad del negocio.
En todo el impreso debemos rellenar únicamente las casillas que supongan una modificación, las demás casillas aunque sean sobre materias que nos afectan se dejarán en blanco si ya se han declarado en otro modelo censal anterior.
Las páginas del impreso sólo aparecerán si tienen información declarada en ellas, si no, no se imprimirán.
Página 1. - Lo primero que nos pregunta el impreso es la causa de presentación: alta, baja o variación de datos, en el caso de variación de datos debemos también decir si es:
A continuación, el impreso nos pide nuestros datos identificativos, nombre, NIF, domicilio fiscal (con su número de referencia catastral) y, si es diferente, el domicilio de notificaciones. También debemos indicar si el declarante es empresario de responsabilidad limitada. Así como teléfonos y direcciones electrónicas.
Página 2 (A, B y C). – Nos requiere datos identificativos del empresario (persona física o jurídica), sus domicilio y datos identificativos, sus locales, dónde y cómo ejerce la actividad, etc.
Página 3. – Si quién presenta la declaración no es directamente el interesado sino su representante aquí debemos aportar los datos del representante y la causa de la representación.
Página 4. – Declaración de actividades económicas y locales.
Aquí suministramos información sobre la actividad económica a que afecta la declaración, con expresión del tipo de actividad (403), el epígrafe en el Impuesto de Actividades Económicas (402) también nos pregunta las fechas de alta o baja en la actividad y el municipio principal de desarrollo de la actividad.
A continuación, en el caso de que la actividad se desarrolle en un local determinado, debemos aportar información sobre las fechas de alta o baja de dichos locales y sobre los locales directamente afectos y los afectos indirectamente con sus datos (dirección, referencia catastral, porcentaje de utilización)
Página 5. – El primer apartado (5) es para informar si el declarante es gran empresa.
El siguiente (7) se refiere al Impuesto sobre el valor añadido donde señalaremos las obligaciones formales sobre dicho impuesto:
Deberemos, además, aportar información sobre el epígrafe de IAE sujeto a ese régimen y la fecha en la que comienza el mismo.
En este mismo lugar (579 a 583) podemos acogernos a los registros especiales de devolución mensual y de operaciones intracomunitarias.
Página 6. – Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (apartado A), de Sociedades (apartado B) y de no residentes (apartado C).
Apartado A IRPF, declaramos
Si estamos en estimación directa, normal o simplificada, o en módulos.
Apartado B Impuesto de Sociedades si estamos obligados o no a presentar la declaración del IS o si estamos exentos, la fecha de cierre del ejercicio, si hay obligación de presentar pagos a cuenta y los regímenes aplicables.
Apartado C IRPF no residentes nos acogemos a uno de los regímenes fiscales aplicables.
Página 7. –
Retenciones e ingresos a cuenta: declaramos si estamos obligados a retener a
Otros impuestos: si estamos obligados a declarar por impuestos especiales como los especiales de fabricación (710), sobre electricidad (711), el carbón (712), primas de seguros (713) o impuestos medioambientales (708)
En el pie de esta página declaramos si realizamos operaciones a distancia intracomunitaria y con qué país o países lo hacemos y las opciones de régimen de IVA aplicables a ellos así como si hemos superado los 10.111€ en adquisiciones intracomunitarias.
Página 6. –Relación de socios, miembros o partícipes.
Las personas jurídicas o entidades sujetas al Impuesto de Sociedades cuando se constituyan o existan cambios a socios debe declarar aquí los socios.
Si los que constituyen una sociedad lo hacen para transmitir sus participaciones a otros esto se debe declarar en un plazo de un mes desde la transmisión con los datos de los nuevos propietarios de las acciones o participaciones.
No deben aportar esta información los vecinos por su participación en la comunidad de propietarios de sus inmuebles.
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