En el Siglo XXI ha aparecido la nueva figura del nómada digital, convirtiéndose en un verdadero movimiento y proceso socioeconómico y laboral y, por ello, un cambio importante en cómo vivimos.
Hablamos de nómada digital para referirnos a la persona que realiza su trabajo por internet sin necesidad de desplazarse a un centro de trabajo; por lo tanto, puede trabajar desde su casa, desde una biblioteca, un espacio de coworking o cuando está de viaje por el campo o en otro país. Lo único que va a necesitar es una conexión a internet y disponer de los equipos adecuados.
Por lo tanto, el nómada digital está liberado de limitaciones geográficas: puede desarrollar su trabajo en la empresa española desde el otro extremo del mundo. También supone un cambio importante en las relaciones laborales entre jerarquías de la empresa y, en determinados casos, una liberación de horarios.
Todo esto aumenta, de manera muy importante, la calidad de vida del afectado que, para empezar, se libera de atascos de tráfico todos los días cuando acude o vuelve de su puesto de trabajo o de tener que comer fuera de su casa; además de poder pasar más tiempo con su familia, poder realizar largos viajes (llevando el trabajo consigo) y disponer de su tiempo de manera mucho más amplia.
Pero, para poder ser nómada digital, han de darse determinadas circunstancias y resolver determinados problemas:
Hay dos tipos de nómadas digitales:
Este trabajador por cuenta propia digital, si tiene que recibir clientes o tener reuniones con otras personas, puede contratar un espacio de coworking para dichas recepciones de personas y realizar el resto de trabajo desde su casa.
Este segundo caso, de nómadas digitales que trabajan como freelance, se produce cuando la profesión y productos que vende se pueden realizar por internet. En este caso lo más habitual son actividades relacionadas con nuevas tecnologías, servicios profesionales, marketing y todo tipo de actividad comercial o de venta, producción y publicación de contenidos en la red y, especialmente, diseños web, servicios de posicionamiento SEO, etc.
El art. 13 del Estatuto de los Trabajadores regula este tipo de trabajo.
Comienza describiendo lo que es trabajo a distancia: cuando se realice preponderantemente, “en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por éste”, como alternativa al trabajo en el centro de la empresa.
El acuerdo de trabajo a distancia debe formalizarse siempre por escrito, tanto si es a distancia desde un principio como si se acuerda esta modalidad a lo largo de la prestación de servicios del trabajador, debiéndose realizar una copia básica para los sindicatos. En este mismo sentido el art. 8 del mismo Estatuto de los Trabajadores exige que el contrato de trabajo de estos trabajadores a distancia sea por escrito y registrado ante la Autoridad Laboral.
Los nómadas laborales tienen los mismos derechos y garantías que los otros trabajadores que trabajan en el domicilio de la empresa, salvo los que sean específicos de esta modalidad de prestación de servicios.
Por lo tanto, el trabajador a distancia de una empresa española, aunque no resida en España, tiene un puesto de trabajo con todas las características, derecho y deberes que tienen los demás trabajadores por cuenta ajena en España:
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