La subida de 5€ en la cuota de autónomos a partir de enero de 2019 surge de un preacuerdo que el Ministerio de Empleo ha suscrito con las asociaciones y colectivos de autónomos (ATA, UPTA, Uatae y CEAT), alcanzado en noviembre de 2018.
Según informa ATA, el Ministerio pretendía una subida de 40€ mensuales que se fue negociando, con una segunda propuesta de subida de 22€ al mes y, al final, se llegó a esta de 5€.
Esta subida se materializa por un incremento de la base de cotización de un 1,25% y un tipo de cotización del 30% (hasta este año era el 29,80%), ambos a partir de enero de 2019. La subida para los autónomos ordinarios será de 5,36€ al mes (64€ anuales) y para los autónomos societarios de 6,89€ al mes (82€ al año).
Este incremento del tipo de cotización seguirá aumentando de manera progresiva en los siguientes años, en el 2020 será del 30,3%, en el 2021 del 30,6% y en el 2022 del 30,9%.
De esta manera las cotizaciones, en 2019, quedan como sigue:
Es importante dejar claro que todas estas cantidades se refieren a la cotización básica y escogiendo la base mínima: si se acoge el autónomo a una base de cotización mayor la cuota también lo será y si contrata otras prestaciones no incluidas en el paquete base, como accidentes profesionales o cobro del cese de actividad, la cuota subirá también.
Se habló en algún momento que esta cobertura por cese de actividad se convirtiera en obligatoria pero al final no es así, es voluntaria y, si se contrata este cese de actividad, las cuotas mensuales subirán.
Aunque de momento sólo es un proyecto, expuesto por el Ministerio de Empleo y que se ha debatido en las conversaciones con las asociaciones y plataformas de autónomos, el Ministerio se ha comprometido a hacer un planteamiento de esta reforma antes de terminar enero de 2019.
Los trabajadores por cuenta ajena cotizan, desde siempre, según sus ingresos efectivos: en sus nóminas se calcula su base de cotización según lo que cobran y lo que generan de sus pagas extra y esa es la base sobre la que se aplican los tipos de cotización cada mes.
Sin embargo, en el caso de los autónomos la base de cotización no tiene nada que ver con sus ingresos, al darse de alta en el sistema y, luego, en otros momentos pueden elegir su base de cotización entre una mínima (que, como hemos visto más arriba para 2019 será de 994,35€) y una máxima que dependerá de su edad y otras condiciones.
Esto produce un resultado bastante injusto porque un autónomo que ingresa menos de esta base mínima se ve obligado a cotizar por ella con lo que si tiene ingresos muy bajos el recibo de autónomos es una pesada carga.
En cualquier caso, el autónomo fija sus ingresos efectivos en sus declaraciones tributarias, por lo que es un dato siempre conocido.
La idea de que la cotización se ajuste a la realidad es, por tanto, mucho más justa y adecuada que el sistema actual. Veremos si es verdad que se va a implementar en un futuro próximo.
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