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Últimas tendencias en las Inspecciones a las empresas

por Luis R. Garach1 comentarios

Tarde o temprano, los asesores tenemos que enfrentarnos, nos guste o no, a una inspección de alguno de nuestros clientes. La motivación de la misma, las verdaderas causas por las que nos ha correspondido afrontar dicha suerte, pueden ser múltiples y variadas, aunque siempre debemos dejar claro ante nuestro cliente bien si se trata de una mera probabilidad estadística o, si por el contrario, llevamos comprando papeletas un largo tiempo y nos hemos hecho acreedores a pasar por ese trance, algo que además, no suele ser nada agradable.

La profesionalidad en el ejercicio de nuestra profesión de asesores debe quedar clara ante nuestros clientes desde el segundo uno en que se inicia dicha relación para que nadie se lleve a engaño:

  • Un asesor te ayuda gestionar tu empresa en determinadas áreas para que sea eficiente y te ahorres muchos problemas por no cumplir con determinados preceptos legales que son de obligado cumplimiento. Las áreas que normalmente se gestionan por un despacho profesional son múltiples y muy variadas, aunque es habitual que nos centremos en las que son comunes a la mayor parte de las empresas: laboral, mercantil, contable y fiscal.
  • Si desde ese primer instante, el asesor no pone negro sobre blanco al cliente, aquello que está bien y aquello que está mal y que por tanto no se debe hacer, está claro que nuestro trabajo será más que complicado, dado que además de cumplir con la ley, tendremos que mentalizar y educar al cliente sobre aquellas prácticas que pueden tener para su empresa, nefastas consecuencias.
  • Sí a pesar de nuestra insistencia en el punto anterior comprobamos con el paso del tiempo, que es imposible realizar las cosas de una manera en que todo nuestro trabajo penda de un hilo fino e inconsistente, está claro que nuestra relación con dicho cliente será además de corta, tremendamente arriesgada para sus intereses o, por ende, de los nuestros. Más temprano que tarde, tendremos que bajar a las trincheras para rescatarlo de alguna inspección como consecuencia de sus negligencias por mucho que nuestro empeño haya sido el contrario.
  • Un asesor no debe ser la artimaña de un cliente para cometer cualquier tipo de infracciones o ilegalidades, sino todo el contrario: el antídoto para que el cliente no opte por dichas fórmulas como vía de elusión de impuestos o la comisión de otro tipo de conductas sancionables. No es mejor asesor aquel que enseña a los clientes a hacer trampas, sino aquel que, dentro de la estricta aplicación de la normativa, colabora con sus clientes para encontrar las salidas más sencillas y menos gravosas para su bolsillo, además de proporcionarle el respaldo adecuado de cara a posibles controles en futuras revisiones o inspecciones.

Está claro que todo aquel que aprecie su profesión y quiera perdurar en el ejercicio de la misma, tiene que fijar determinados límites (ahora llamadas líneas rojas) para moverse entre dos márgenes algo variables: sobrevivir sin pasar demasiadas penurias al no poder conservar los clientes dado su tradicional tendencia defraudadora tan extendida en nuestra cultura, o hacerse de oro a costa de clientes sin escrúpulos a los que si un día nos descuidamos, tendremos que acompañar entre rejas dadas las soluciones aportadas para gestionar sus problemas. Después de más de 25 años en la profesión, tengo claro que en el medio no sé si estará la virtud, pero sí que existe suficiente espacio para ganarse la vida de una manera bastante cabal y honrada.

En los últimos meses y dada la enorme catarata normativa que todos los días nos llega de muy diversos organismos, asistimos impávidos a nuevos controles que quieren seguir estrechando el cerco sobre tres aspectos primordiales en el complejo mundo de las relaciones empresariales:

  • El control de los trabajadores en sus centros de trabajo y en especial, de aquellos con jornada partidas
  • El fraude de los llamados falsos autónomos
  • La detección de focos de economía sumergida

Y como son temas de actualidad y están en boca de todos, lo normal es que nos los crucemos en algunas de las actuaciones de control que se llevan a cabo en nuestro territorio de actuación.

Sirvan estos casos claro está, totalmente anónimos, pero tremendamente frecuentes, para que aquellos a los que pueda afectar, sepan actuar en dichos casos, o al menos adopten las medidas paliativas adecuadas que les permitan si no esquivar el golpe, si mitigar sus efectos.

Caso 1: Inspección de Seguridad Social para verificar la cumplimentación por parte de los trabajadores con jornada a tiempo parcial del registro de asistencia.

Tanto la empresa como el trabajador deben velar por el cumplimiento de dicha obligación que, aunque ha generado muchas polémicas, al final sólo afecta a los empleados con jornada parcial. El parte de asistencia debe estar en el puesto de trabajo y ser cumplimentado a diario por el propio trabajador. La ausencia del parte o su falta de cumplimentación sin motivo o causa justificada es sancionada por la Inspección de trabajo con la liquidación de cuotas de dicho trabajador como si el mismo realizará su jornada a tiempo completo, acompañada de los correspondientes recargos y sanciones, pudiendo extender dicho plazo hasta 4 años con anterioridad a la fecha de la inspección.

Queda claro que el empresario es el primer interesado es que dicha obligación se lleve a cabo y que, a pesar de la dejadez del trabajador, deberá velar por que no se olvide u obvie la misma sin causa justificada. Si el trabajador no cumple, se le podría aplicar el régimen sancionador contemplado en el Estatuto de los Trabajadores.

Caso 2: Inspección de Seguridad Social para la detección de falsos autónomos que deberían formar parte de la plantilla laboral de la empresa.

Con la crisis, se agudizó el ingenio, y muchas empresas, decidieron, vista la precariedad laboral existente, buscarse la vida y potenciar esta fórmula que tanta polvareda está levantando en nuestros días.

La tenue frontera existente en algunos puestos de trabajo entre contrato laboral y relación mercantil ha sobrepasado a la propia Inspección de Trabajo y ha saltado a la vía judicial con algunos casos de especial importancia: Deliveroo, Glovo, etc.

El problema fundamental en este asunto consiste en que se esté aplicando la fórmula a todo tipo de actividades donde el factor mercantil pierde con facilidad la poca argumentación que hasta la fecha poseía. Lo que nació como una posible solución para contratar comerciales que en buena medida tenían cierta independencia en su forma de proceder al margen de su empresa matriz, se ha ido trasladando a todos los sectores productivos sin ningún tipo de pudor o escrúpulos: profesionales diversos (psicólogos, abogados, ingenieros), subcontratados de la construcción (albañiles, pintores, fontaneros), transportistas, y un largo etcétera.

El gobierno actual he puesto en marcha un régimen sancionador elevado (hasta 10.000 euros por cada falso autónomo detectado) con el que tratar de reducir este problema. No creemos que sea la medida adecuada ya que estos métodos punitivos no sólo no funcionan sino que, además, destruyen puestos de trabajo de forma doble: los falsos autónomos que son cesados (no despedidos ya que su relación es mercantil) por el miedo a que los detecten, y las posibilidades de nuevas contrataciones que son cercenadas como consecuencia de la imposición de cuantiosas sanciones.

Por lo visto a nadie se la ocurrido rebajar las ya de por sí, elevadas cotizaciones sociales a las empresas para que favorezcan la contratación de más trabajadores. Aquí se rema en sentido contrario, y claro está, la corriente nos lleva a pique y no contribuye para nada a la erradicación de esas novedosas fórmulas de fraude que se ponen en marcha.

En el último caso con que el me he cruzado, además de no poder demostrar la relación laboral de dichos comerciales, el inspector, con una sinceridad aplastante, reconocía que los propios autónomos estaban encantados con la empresa por la autonomía de la que gozaban y las percepciones que recibían por su desempeño profesional. Y así es difícil sancionar a alguien cuando el propio afectado (según siempre la Inspección) reconoce que lo tratan adecuadamente. “Ande yo caliente, ríase la gente”, como escribió el genial Góngora.

Caso 3: Inspección de la Agencia Tributaria por ocultación de ingresos declarados.

Ya lo decía el eslogan: “Hacienda somos todos”, aunque podríamos ampliarlo con “y está en todos lados”. Y eso queridos lectores, hay mucha gente que no lo tiene en cuenta. Si eres un contribuyente con nómina y poco más, ya estás suficientemente controlado. Pero si eres empresario, no importará tu tamaño para que debas saber que todo aquello que muevas por tus cuentas bancarias y tus liquidaciones tributarias, están perfectamente controlado y sujeto a las correspondientes revisiones dentro de los plazos legalmente establecidos.

Y no hace falta que para llevar tus obligaciones tributarias te busques un costoso despacho multinacional, pero si alguien que te informe, controle y revise que todo está perfectamente tejido para que no quede ningún hilo suelto que desbarate, con un simple enganche, la prenda que vistes.

Siempre defenderé que este caso, lo barato sale caro, ya que, si pretendemos escatimar en algunos servicios, este sea un de los más necesarios para dormir a pierna suelta y con las menores preocupaciones posibles. Lamentablemente en tiempo de escasez y carestía de vida, siempre escatimamos en aquello que creemos es prescindible. Y el asesor lo suele ser para muchas personas.

El problema radica cuando nos llega la famosa carta (notificación telemática en caso de empresas mercantiles) donde se nos revisa o inspecciona como consecuencia de la defectuosa gestión fiscal que, de manera torticera, alguien ha llevado a cabo de nuestro negocio. El mal asesor argumentará que el cliente quería pagar muy poco o casi nada, pero sólo será (salvo prueba en contrario) que no hizo bien su trabajo. Y el cliente, sabedor de la ocultación de sus manejos, intentará derivar esa responsabilidad en el asesor por su falta de preparación, sabiendo que lo eligió por sus bajos honorarios aun consciente de su falta de experiencia.

¿Tan difícil es revisar los ingresos realizados en las cuentas bancarias de un cliente y comprobar con sus actividades empresariales si existe conciliación entre lo declarado en sus impuestos y lo que ha llegado a esos bancos? No, sólo hace falta tiempo y algo de pericia, además de algo de sinceridad con el cliente para convencerlo de que no se deben hacer las cosas mal ya que ello suele traer consecuencias nefastas. Cierto es que muchas veces no te pillan ya que no hay funcionarios ni técnicos para pillarlo todo, pero sí que tarde o temprano nos tocará y nos crujirán con todas las de la ley no sólo por nuestra mala cabeza, sino también por no buscar el asesor o profesional adecuado que nos guie en ese angosto y pedregoso camino que debemos recorrer como empresarios.

No es mi intención agotar la casuística con la que nos enfrentamos a diario los que luchamos en las trincheras, pero si trasladar de vez en cuando, un doble mensaje:

  • Advertir por un lado a aquellos que se dejan llevar por las ofertas de precios low cost que no suelen traer nada bueno
  • Poner en valor la experiencia y preparación de los cientos de miles de personas que dignifican una profesión que no está debidamente valorada

Bien está lo que bien acaba, pero para lograr un buen final siempre debe existir un buen comienzo. De todos nosotros depende.

Comentarios ( 1 )
  • Miguel Angel
    2022-10-28 11:01:46
    Me he encontrado con este artículo que es intemporal. Da lo mismo el tiempo que pase, que nos encontraremos con clientes así. El gran problema, más que los casos comentados, es cuando el cliente sabe que lo está haciendo mal y es plenamente consciente de sus consecuencias pronto o tarde, y aún así sigue erre que erre. Labor imposible convencerlo. Saludos y muy buen artículo.
    Responder
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